Patricia Ramírez / Ovaciones
Foto: Cuartoscuro.com
El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó una parte del artículo 203 de la Constitución del estado de Nuevo León que establecía que “el acusado queda por ese solo hecho separado de su cargo y”, en el cual se facultaba al Congreso local, en su calidad de órgano acusador, para separar de su encargo a un servidor público acusado en un juicio político.
LEE ADEMÁS: Tercera ola de calor en México: ¿Cuáles son los 12 estados que superarán los 45 °C este martes 21 de mayo?
Sin embargo, los ministros sí consideraron que es legal el acuerdo de la Comisión Anticorrupción del Congreso de Nuevo León, por el que se determina que es procedente la denuncia de juicio político presentada en contra el gobernador Samuel García, que podrá ser sometido a este juicio político, pero sin separarse del cargo.
TE PUEDE INTERESAR: ¿Cuál es el carro más robado en México en 2024?
A unos días de las elecciones en las que se renovará también el Congreso de esa entidad, los ministros determinaron que el poder Legislativo de esa entidad no cuenta con las facultades para determinar la separación del cargo de un gobernador.