SCJN ordena a minera pagar más de 2 mil 800 millones de pesos por impuestos omitidos

La minera Primero Empresa Minera omitió pagar correctamente sus impuestos en 2012, por lo que se acumularon multas y recargos



Después de 13 años de litigios, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le dio un revés a la minera Primero Empresa Minera, que tendrá que pagar 2 mil 868 millones 853 mil 516.57 pesos, por haber omitido el pago correspondiente al Impuesto Sobre la Renta (ISR) y al Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), además de actualizaciones, recargos y multas durante el ejercicio fiscal de 2012.

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La minera, filial de la canadiense First Majestic Silver Corp, presentó un amparo directo y solicitó que fuera atraído por la Corte, lo que fue concedido en su momento por la exministra Norma Piña.

Sin embargo, al revisar el acuerdo de admisión, los ministros determinaron revocarlo, por lo que la empresa no podrá evadir el pago del adeudo, aunque aseguró que ya está en negociaciones con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El proyecto presentado por la ministra Lenia Batres y aprobado por unanimidad, propuso revocar un acuerdo emitido por la entonces presidenta de la SCJN, mediante el cual se admitió un recurso de revisión en amparo promovido por dicha empresa, con la finalidad de analizar la constitucionalidad de diversas normas fiscales.

El pleno aprobó el proyecto por unanimidad, al considerar que ese recurso no era de interés excepcional, y en consecuencia, quedó firme la sentencia del tribunal colegiado que negó el amparo a la empresa minera.

“El amparo no entraña una cuestión de interés excepcional para el sistema jurídico nacional”, aseguró la ministra Lenia Batres.

Con esta resolución, la Corte abre una nueva línea de criterios impulsada por el pleno para frenar estrategias legales dilatorias que buscan retrasar el pago de créditos fiscales millonarios.

En semanas recientes, la SCJN incluso ha multado a grandes empresas por promover recusaciones injustificadas y ha comenzado a revocar acuerdos previos que permitieron reabrir amparos ya perdidos por empresas con adeudos fiscales.

La minera había argumentado la inconstitucionalidad del artículo 92, fracción II, de la Ley del ISR 2012, alegando violaciones a sus derechos de seguridad jurídica, confianza legítima y acceso a la justicia.

Por su parte, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) impugnó el recurso, al considerar que no cumplía los requisitos para ser revisado por la Corte, ya que no planteaba un asunto novedoso ni de trascendencia constitucional.