Durante el fin de año, los trámites y procedimientos ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) se podrán efectuar hasta el 21 de diciembre de 2025.
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Del 22 de diciembre de 2025 al 6 de enero de 2026 serán considerados días inhábiles con motivo de la suspensión de labores, de acuerdo con el Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Durante ese periodo no se computarán plazos ni términos legales en los actos, trámites y procedimientos que se realicen ante las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la SICT.
La suspensión incluye recepción de documentos, audiencias, resoluciones, notificaciones, citatorios, emplazamientos, requerimientos, solicitudes de información y medios de impugnación, entre otros procedimientos administrativos.
También quedan suspendidos los plazos previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas.
La SICT precisó que cualquier actuación presentada en días inhábiles surtirá efectos hasta el primer día hábil siguiente, el 7 de enero de 2026, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Finalmente, se aclaró que esta determinación no limita la facultad de la SICT para habilitar días y horas, ni para asignar guardias de personal cuando así se requiera.

Foto: SICT 


