Abrirá TEPJF audiencias públicas para la calificación de la elección presidencial

Todos los actores políticos podrán exponer sus argumentos ante los magistrados



Foto: Cuartoscuro.com

Los magistrados de Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera aprobaron los lineamientos que regirán a la comisión que ambos integrarán y que se encargará de la elaboración del proyecto de calificación de la elección presidencial, que tiene como plazo máximo el 6 de septiembre, aunque se prevé que, ante el holgado margen entre el primero y segundo lugar, se realice mucho antes.

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De acuerdo con el acuerdo para el desahogo de los recursos presentados contra la elección presidencial, se darán audiencias públicas para los actores políticos que quieran exponer sus argumentos en torno a este proceso.

“Atendiendo los principios de transparencia y máxima publicidad previamente anunciados, esta Comisión estima que, tratándose de asuntos de gran entidad y trascendencia para la sociedad mexicana como lo son las impugnaciones relacionadas con la validez de la elección presidencial bajo su instrucción, pueden practicarse de manera programada y pública audiencias para que los interesados expongan sus puntos de vista”, señala el documento avalado por los dos magistrados instructores.

Así, el PRI, PAN y PRD, así como Xóchitl Gálvez podrán solicitar audiencia a los magistrados para enfatizar los argumentos vertidos en sus impugnaciones a la elección presidencial del 2 de junio, mientras que Morena y sus aliados podrán también exponer sus argumentos.

El documento insiste en que, con pleno respeto a la transparencia, máxima publicidad y al derecho de audiencia, las partes podrán solicitar la realización de alegatos, mismos que se recibirán en audiencia pública.

En caso de que las partes decidan ejercer este derecho, la audiencia será pública y deberá solicitarse por escrito, antes del cierre de instrucción correspondiente y será transmitida en los canales oficiales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Para el desarrollo de la audiencia, la Comisión citará a las partes en la fecha y hora correspondiente; únicamente la parte solicitante de la audiencia tendrá derecho a voz para exponer los alegatos que considere necesarios.

En caso de que las partes lo consideren necesario, podrán solicitar una segunda audiencia de alegatos, que será pública y de todas ellas se levantará un acta, que será firmada por las magistraturas asistentes y por el secretario general de acuerdos.

“Una vez desahogadas todas las diligencias pertinentes y necesarias para poner en estado de resolución los medios de impugnación, se procederá al cierre de instrucción, mismo que deberá hacerse público”, señala el texto.