Corte determina que cursos necesarios para titulación deben ser gratuitos

Conceden amparo a estudiante de la UNAM que impugnó el cobro por el curso de comprensión de lectura, requisito para su titulación



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la gratuidad en la educación superior debe extenderse a los elementos esenciales que permiten acreditar una licenciatura y obtener el título profesional correspondiente.

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Los ministros determinaron amparar a un estudiante de la licenciatura en Derecho, en la modalidad de Universidad Abierta de la Facultad de Derecho de la UNAM, quien impugnó el cobro del Curso de Comprensión de Lectura para liberar el requisito de titulación de los Planes de Estudio 2117 y 2125, impartido por la coordinación de Idiomas de la propia Facultad.

Al analizar el alcance de la reforma constitucional de mayo de 2019 al artículo 3° de la Constitución los ministros establecieron que el Estado tiene la obligación de impartir y garantizar a todas las personas el acceso gratuito a la educación, incluido el superior. En este caso, la gratuidad debe otorgarse de manera progresiva, lo que significa que se deben adoptar medidas concretas para garantizarlo y evitar retrocesos.

El juzgado que conoció del asunto negó el amparo al alumno, al considerar que no se contravenía la gratuidad en la educación superior, pues el curso sólo implicaba que los alumnos tuvieran más opciones para cumplir con los requisitos de titulación y existían otros cursos gratuitos con posibilidades de certificación. Inconforme con esa determinación, la persona interpuso recurso de revisión que llegó a la Suprema Corte.

Por ello, la sentencia de la Corte señala que el curso referido sí impacta en la acreditación de la licenciatura y la obtención del título correspondiente, pues constituye un medio efectivo para cumplir con el requisito de titulación en un plano de igualdad; por lo que, aun reconociendo la problemática relacionada con la suficiencia presupuestal, no se puede llegar al extremo de trasladar al estudiantado dicha carga económica. En ese sentido, se concluyó que la gratuidad de la educación superior debe extenderse como mínimo, a los elementos esenciales que permiten acceder a la titulación de la licenciatura, como lo es dicho curso.

La Corte concedió el amparo solicitado y ordenó a las autoridades responsables dependientes de la Facultad de Derecho de la UNAM a devolver el dinero que la persona pagó para acceder al curso, respetando los efectos generados del mismo.