La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) cerró toda posibilidad de que mediante amparos y otros recursos legales puedan mantener frenada la elección de jueces, ministros y magistrados para 2025.
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La resolución determina que es constitucionalmente inviable suspender los actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo del Senado de la República, el Instituto Nacional Electoral y otras autoridades competentes respecto del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.
“En consecuencia, el Senado de la República, el Instituto Nacional Electoral y las demás autoridades competentes deben continuar con las etapas del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025”, señala el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, que fue avalado por tres votos a favor y dos en contra.
Asimismo, se determinó que ninguna autoridad puede impedir de forma provisional ni cautelar, que el INE y otras autoridades realicen sus obligaciones para la organización de la elección del
poder Judicial.
Los magistrados determinaron que ninguna autoridad, poder u órgano del estado pueden suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del proceso electoral extraordinario.
El magistrado Fuentes Barrera sentenció que la última reforma a los artículos 105 y 107 de la Constitución establece que no serán procedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir adiciones o reformas a la Constitución.

Foto: Cuartoscuro.com 


