PATRICIA RAMÍREZ
Foto: Cuartoscuro
La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional los artículos del Código Penal de Aguascalientes que castigan con cárcel la interrupción del embarazo, al resolver un amparo interpuesto por un grupo de colectivos.
El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, fue aprobado por mayoría y abre la puerta para que las asociaciones civiles acudan a la vía del amparo para tirar la penalización del aborto en otras entidades del país.
La sentencia de la Corte ordena al Congreso de Aguascalientes, de mayoría panista, a derogar los artículos del Código Penal estatal que criminalizan la interrupción del embarazo, por considerar que son contrarios a los derechos humanos de las mujeres.
“Esta primera sala no puede ser indiferente a la situación en la que las mujeres y personas gestantes de Aguascalientes están y han sido sometidas de manera injusta, siendo imperativo que los tribunales constitucionales, rompan el círculo de discriminación y se tomen las medidas necesarias para reparar los daños ocasionados que la sociedad y el propio sistema de justicia les pudieran ocasionar o hayan ocasionado, procurando que no se perpetúen las causas que originaron tales daños”, concluyó el proyecto avalado.
El amparo presentado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) fue concedido, al considerar que con ello se impedirá que se repitan las violaciones a los derechos de las mujeres y personas gestantes a la salud y a la no discriminación.
La organización GIRE explicó que con el objetivo de que todas las mujeres y personas gestantes tengan acceso a abortos seguros sin ser criminalizadas, a principios de 2022 presentaron un amparo contra la regulación del delito de aborto en Aguascalientes.
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Agregó que la Corte concluyó que el delito de aborto autoprocurado y consentido dejará de ser aplicable en todo el estado, con lo que a ninguna mujer, persona con capacidad de gestar ni al personal de salud se le puede criminalizar por ello. Con esta decisión, Aguascalientes se convierte en la entidad número 12 en despenalizar el aborto y el Estado tiene la obligación de prestar este servicio de salud. Además, el Congreso de Aguascalientes debe derogar los artículos declarados inconstitucionales antes de que finalice el periodo ordinario de sesiones en que se notifique la sentencia.
“El amparo en Aguascalientes es parte de una estrategia jurídica nacional que GIRE y otras organizaciones locales hemos encabezado. Por primera vez en temas de justicia reproductiva, un amparo presentado por organizaciones de la sociedad civil tiene efectos generales, es decir, beneficiará a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que habitan en la entidad”, dijo.