El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con una votación de tres a dos, aprobó que es constitucionalmente inviable que suspensiones de amparo puedan frenar la organización de las elecciones judiciales, que está a cargo del Instituto Nacional Electoral.
Con ello, el organismo electoral podrá reanudar la aprobación de acuerdos para avanzar en las etapas del proceso electoral para los comicios del 1 de junio de 2025, donde serán electos más de 850 jueces y magistrados y 9 ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La mayoría de los magistrados electorales determinó aprobar, con los votos de Mónica Aralí Soto, Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña, la acción declarativa solicitada por el INE para continuar con la elección judicial, pese a las alrededor de 150 suspensiones decretadas por jueces y notificadas al organismo electoral.
“Se declara procedente la acción declarativa solicitada por el Instituto Nacional Electoral y determina que es constitucionalmente inviable suspender actos que se relacionan con el desarrollo de los procedimientos electorales a cargo de esa autoridad respecto del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025”, señala la sentencia aprobada en la sesión de este miércoles.
En contraposición, los magistrados Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón, que usualmente quedan en minoría, advirtieron que se extralimitan las facultades del Tribunal, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación aún debe resolver consultas sobre si puede revisar la reforma judicial.
El proyecto indica que en este asunto general no es materia de litis ninguna de las actuaciones ni resoluciones de los juzgadores de amparo, así como su competencia para realizarlas o sus alcances, por lo que sus resoluciones no serán modificadas, confirmadas ni revocadas, sino que se trata de una determinación sobre la petición de una acción declarativa en torno a si con base en la normatividad es posible que el INE suspenda las actividades a las que constitucionalmente está obligada.
La presidenta del Tribunal, Mónica Aralí Soto Fregoso, consideró que está plenamente justificada la petición del INE, porque se encuentra ante la disyuntiva porque, por una parte, tiene una serie de determinaciones relacionadas con la suspensión de los actos relativos al proceso electoral extraordinario y por el otro la obligatoriedad de cumplir con lo que dice la Constitución, vigente en estos momentos.




