Diputados rechazan por tercera ocasión la ratificación de Manuel Horacio Cavazos como magistrado

En comisiones rechazaron que pueda ser reincorporado a su cargo en el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México



Foto: Cuartooscuro

Por tercera vez, comisiones del Congreso de la Ciudad de México rechazaron la ratificación de Manuel Horacio Cavazos López como magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México, ante los amparos presentados contra este personaje, quien fue acusado de haber violentado sexualmente a sus hijos.

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La Comisión de Administración y Procuración de Justicia local determinó que se deja insubsistente el proyecto de dictamen del 26 de febrero de 2020 de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la I Legislatura del Congreso local, en que se concluyó la no ratificación de dicha persona en el cargo señalado, aprobado por el pleno del Congreso capitalino el 27 de febrero de 2020.

Cavazos López se desempeñó como magistrado en la segunda sala especializada en ejecución de sanciones penales del Tribunal Superior de Justicia, donde tiene más de 25 años de experiencia en el poder Judicial, aunque su carrera ha sido cuestionada por los señalamientos en su contra.

En septiembre de 2019, su exesposa, Mariel Albarrán Duarte, lo denunció por presunto abuso sexual contra sus hijas de 5 y 7 años, la Fiscalía capitalina inicialmente cerró la investigación, argumentando falta de pruebas, a pesar de dictámenes médicos, testimonios y audios que fueron presentados. En 2021, se reabrió el caso tras un amparo ganado por la madre de las menores.

En dos ocasiones y ante protestas de grupos feministas, el Congreso local decidió no ratificarlo como magistrado, por considerar que no cumplía con los principios de honorabilidad, ética y responsabilidad exigidos por la ley.

En esta tercera votación, la Comisión de Administración y Procuración de Justicia acordó por unanimidad que no es elegible.

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El diputado Alberto Martínez Urincho, presidente de la comisión, expuso que la ratificación no se produce en forma automática, ya que depende de que en el tiempo del encargo se haya demostrado que en su ejercicio actuó permanentemente bajo los principios de diligencia, experiencia, excelencia profesional, honorabilidad, honestidad, ética, independencia, autonomía, eficiencia y responsabilidad, como un derecho de la persona juzgadora y de la sociedad.