El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que durante 2025 devolvió casi un billón de pesos por IVA, ISR e IEPS, con especial énfasis en personas físicas, al tiempo que llamó a empresas públicas y privadas a dejar de exigir la constancia de situación fiscal, práctica que no resulta obligatoria para emitir facturas.
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Durante la conferencia matutina, la autoridad fiscal explicó que las devoluciones de impuestos correspondientes al último ejercicio fiscal alcanzaron un monto de 972 mil 939 millones de pesos, cifra que incluyó reembolsos por impuesto al valor agregado, impuesto sobre la renta y, en menor proporción, impuesto especial sobre producción y servicios.
Antonio Martínez Dagnino, titular del SAT, precisó que más de 95 por ciento de ese monto correspondió a devoluciones de IVA, mientras que el resto se concentró en ISR e IEPS, lo que reflejó un incremento sostenido respecto a administraciones anteriores, cuando los pagos anuales oscilaron entre 200 y 300 mil millones de pesos.
Señaló que este aumento respondió a la eliminación de la compensación universal desde 2019, mecanismo que permitía compensar impuestos entre sí, lo que obligó a que ahora las personas contribuyentes solicitaran de manera directa sus devoluciones y acreditaran plenamente su procedencia.
En el caso específico de personas físicas, la autoridad fiscal detalló que las devoluciones se vincularon principalmente con la declaración anual presentada en abril, cuyos pagos se dispersaron entre abril, mayo y junio, periodo en el que se entregaron más de 40 mil millones de pesos.
El SAT indicó que mantuvo una revisión puntual de las solicitudes, debido a la detección de facturas improcedentes, entre ellas comprobantes de servicios médicos emitidos por personas que ya no ejercen o que incluso fallecieron, así como deducciones asociadas a giros inexistentes.
También se identificaron casos en los que las cuentas bancarias proporcionadas para recibir las devoluciones no pertenecían a las personas solicitantes, situación que contravino lo establecido en el Código Fiscal, el cual exige que la cuenta CLABE esté a nombre del contribuyente.
Sobre la exigencia recurrente de la constancia de situación fiscal por parte de empresas y dependencias, Martínez Dagnino afirmó que no resulta necesaria para la emisión de facturas y recordó que para facturar únicamente se requieren cuatro datos: RFC, nombre o razón social, código postal y régimen fiscal, por lo que condicionar el pago o la facturación a la entrega de la constancia constituye una práctica indebida.
Incluso, señaló que la normativa vigente ya contempla sanciones para quienes condicionen la emisión de facturas a la presentación de dicho documento, situación que afecta de manera directa la atención en oficinas del SAT y genera filas extensas.
El funcionario explicó que la constancia tiene como objetivo informar a cada contribuyente sobre sus propios datos fiscales, mismos que pueden consultarse a través de la aplicación Factura Móvil o imprimirse en las oficinas mediante identificación biométrica.
Finalmente, el SAT anunció que reforzará la difusión de esta información a través de sus canales oficiales y exhortó a empresas públicas y privadas a respetar la normativa vigente para evitar cargas administrativas innecesarias a las personas contribuyentes.

Foto: Cuartoscuro.com 


