Luego de hacer una lista de preferencias del modelo de auto a comprar y de considerear un presupuesto, lo siguiente a tener en cuenta es que el precio de la unidad no es el único gasto a considerar. También tendrás que cubrir impuestos como el Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) y la tenencia, además de otros derechos como el emplacamiento.
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Para evitar sorpresas financieras, analiza cuidadosamente estos costos adicionales antes de concretar tu compra y revisa las exenciones aplicables. Planificar estos gastos desde el principio te ayudará a mantener tu presupuesto bajo control.
Impuestos a considerar
La Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) establece que el monto de la tarifa dependerá del precio total de la unidad sin disminuir descuentos, rebajas o bonificaciones y sin tomar en cuenta el IVA generado por la compra.
La tasa del ISAN se basa en el precio de venta del vehículo, incluyendo sus accesorios opcionales considerados normales o de lujo, sin disminuir el monto de descuentos, rebajas o bonificaciones. El ISAN es cobrado al comprador por parte del ensamblador, fabricante, distribuidor o el comerciante autorizado.
El ISAN se calcula según el precio total del vehículo, sin descuentos ni bonificaciones, y varía dependiendo de su valor. Por ejemplo, vehículos que cuestan más de 611 mil pesos deberán pagar hasta 37 mil 341 pesos de este impuesto. Asimismo, en la Ciudad de México, autos nuevos con un valor menor a 613 mil 213 pesos pagan una tenencia del 3.1%, mientras que los híbridos están exentos.
De acuerdo con la Resolución de Miscelánea Fiscal 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación, los impuestos que deben pagarse por adquirir un auto nuevo dependerán del valor total de la unidad:
- Vehículos con un costo entre los 339 mil 469 y los 407 mil 362 pesos, les corresponde un pago de impuesto de seis mil 789 pesos.
- Vehículos con valor entre los 407 mil 362 y 475 mil 256 pesos pagarán 10 mil 184 pesos de impuesto.
- Vehículos de 475 mil 256 a 611 mil pesos pagarán de impuesto 16 mil 973 pesos.
- Vehículos cuyo precio sea mayor a los 611 mil pesos tendrán que pagar 37 mil 341 pesos de impuestos.
Casos en los que no se paga
De acuerdo con el Artículo 8 de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, no se pagará el impuesto establecido en los siguientes casos:
- En la exportación de automóviles con carácter definitivo, en los términos de la legislación aduanera.
- En la enajenación al consumidor por el fabricante, ensamblador, distribuidor autorizado o comerciante en el ramo de vehículos que no exceda de la cantidad de 328 mil 965 pesos. En el precio mencionado no se considerará el impuesto al valor agregado.
- Tratándose de automóviles cuyo precio de enajenación se encuentre comprendido entre 328 mil 965 y hasta 416 mil 689 pesos, la exención será del 50% del pago del impuesto.
Placas y tenencia
Otro de los trámites que se deben llevar a cabo, y que lo puede hacer la agencia, previa autorización, para garantizar que el vehículo circule sin problemas, es obtener las placas y hacer el pago de la tenencia, que en cada entidad puede aplicar de manera diferente.
En CDMX se puede hacer el trámite de emplacamiento de manera digital, por lo que tiempo después se entregarán las placas, el engomado y la tarjeta de circulación en un módulo de la Secretaría de Movilidad (Semovi).
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Después de lo anterior, hay que verificar el pago de la tenencia. En el caso de un auto nuevo, en la capital del país, si tiene un valor menor a 613 mil 213 pesos la tenencia corresponderá al 3.1% de su valor total. Mientras que los carros híbridos están exentos del pago en la CDMX.
El pago de la tenencia se calcula con base en el valor factura del vehículo en cuestión; sin embargo, el gobierno excluye o exenta del pago de ese impuesto a vehículos de hasta 250 mil pesos de valor. Y los automóviles que no pagan tenencia, al menos en la Ciudad de México, deberán pagar el costo del refrendo, que es menor al de la tenencia.
Costos extra a considerar
1 Verificación, se realiza dos veces al año, cada seis meses y es obligatoria en los estados de Baja California, Coahuila, Chihuahua, Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla, Tlaxcala, Querétaro, Jalisco, Guanajuato, Michoacán, Oaxaca, Veracruz y Yucatán.
2 Seguro atomotriz. Ya sea de cobertura básica o amplia es importante comparar las opciones que ofrecen diferentes aseguradoras, considerando el precio, el deducible, la suma asegurada, las coberturas, las exclusiones y las condiciones generales.
3 Mantenimiento. No solo se trata del precio inicial, sino del gasto que vas a tener a lo largo del tiempo y también de la disponibilidad de las refacciones.