INE deberá responder a organización CSP sobre doble afiliación

La Sala Superior del TEPJF ordenó al INE responder de inmediato la consulta de Construyendo Sociedades de Paz por la anulación de afiliaciones de cientos de militantes



Foto: Cuartoscuro.com

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) responda de inmediato de manera íntegra la consulta de la organización Construyendo Sociedades de Paz (CSP), que cuestionó la determinación de anular afiliaciones de cientos de sus militantes, por estar inscritos, con posterioridad, a otro instituto político.

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La asociación, que ya en los hechos superó el número de afiliaciones necesarias para convertirse en partido político, impugnó la respuesta del INE al considerar que no se le dio certeza suficiente sobre cómo aplicar las reglas en casos concretos relacionados con afiliaciones, particularmente cuando hay duplicidades o cuando cambian las condiciones de una asamblea.

Los magistrados electorales consideraron que se debe dar certeza a la organización y a cualquier otra que se encuentre en situaciones similares durante el proceso de constitución de nuevos partidos políticos.

El proyecto aprobado, presentado por la magistrada Claudia Valle Aguilasocho, señala que se tiene que brindar certidumbre para que las organizaciones sepan cómo cumplir los requisitos legales. Por ello, la autoridad debe responder de manera completa, clara y coherente, explicando las razones de su decisión.

Si bien el INE contestó a la consulta al señalar que no hay omisión de reglas en duplicidad de afiliaciones, omitió hacerlo sobre la naturaleza de afiliaciones obtenidas en reuniones que no alcanzan quórum. Tampoco lo hizo con respecto de afiliaciones en asambleas inicialmente con quórum y que, tras la revisión de las duplicidades, puedan dejar de reunirlo.

Los magistrados consideraron que el INE tiene que precisar qué tipo de afiliaciones son las que provienen de asambleas que cambian de modalidad, por ejemplo, de distrital a estatal o a la inversa; cómo deben tratarse las afiliaciones recabadas en asambleas que no alcanzan quórum, y si una que inicialmente tuvo quórum puede perderlo después, cuando la autoridad revisa duplicidades, y qué efecto tendría eso.

La sala superior también señaló que la respuesta del INE podía generar incertidumbre al mezclar categorías: por ejemplo, al indicar que ciertas afiliaciones se contabilizarían como “del resto del país”, pero a la vez sugerir que conservarían la naturaleza de afiliaciones “de asamblea”, sin explicar con claridad cómo se concilian esas dos clasificaciones.

CSP señaló que se tienen que depurar los casos de doble afiliación partidista que afectan su proceso de registro como partido político nacional. CSP argumenta que miles de sus simpatizantes aparecen indebidamente afiliados a otros partidos, lo que podría invalidar sus asambleas distritales y poner en riesgo el proceso de constitución del partido.

Denunció que partidos han “pirateado” militantes y por ello pidió que se eliminen afiliaciones duplicadas o no consentidas, especialmente en casos donde los ciudadanos participaron en sus asambleas distritales.

La organización exigió que el INE actúe con neutralidad y no invalide sus avances por errores administrativos ajenos a su control.