La Corte valida decreto que declara de seguridad nacional megaobras

Desecha la segunda sala la controversia constitucional presentada por la Cámara de Diputados en la anterior Legislatura



Foto: Cortesía @lorettaortiza

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó el decreto emitido por el expresidente Andrés Manuel López Obrador, que declaró las obras prioritarias, como el Tren Maya, como de seguridad nacional.

LEE ADEMÁS: La Guardia Nacional presenta operativo contra robo a transportistas

El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Alfh fue aprobado por unanimidad, rechazó la controversia constitucional contra el mencionado decreto, emitido en mayo de 2023, que permitirá con ello resguardar la información respecto del Tren Interoceánico y los aeropuertos de Tulum, Palenque y Chetumal.

Los ministros determinaron que el decreto presidencial no afecta ninguna atribución o facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, por lo que no procede estudiar la controversia presentada por el entonces presidente de la Cámara de Diputados.

“El reclamo de la Cámara de Diputados implica la incidencia del acto de autoridad en una esfera de competencia que no le es propia, sino de un órgano de transparencia; por lo que, al no incidir en ella, tampoco puede considerarse que tenga interés legítimo para acudir a la controversia constitucional”, señala la resolución tomada este miércoles.

Aplican supremacía

Además, la segunda sala aplicó por primera vez el principio de supremacía constitucional, recientemente avalado por el Congreso de la Unión y determinó que el Estado tiene la exclusividad en la explotación del litio y de minerales radioactivos, al tratarse de actividades de utilidad pública.

A propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán se rechazó un amparo presentado por una minera que opera en Chihuahua, quien impugnó el decreto de reforma a la Ley Minera, del 20 de abril del 2022, en el que se establece que el Estado tiene la rectoría sobre esas sustancias.

Los ministros de la segunda sala no entraron al análisis de fondo del asunto, argumentando que la reforma al artículo 27 de la Constitución que se publicó el 31 de octubre de este año establece que tratándose de minerales radioactivos y litio no se otorgarán concesiones.

“En ese sentido, aunque se declarara la inconstitucionalidad de la Ley Minera como lo pretende la parte quejosa, no obtendría beneficio alguno dado que subsiste en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 27, que el Estado Mexicano no otorgará concesiones en tratándose de litio”, señala el proyecto aprobado.