Las Relatorías Especiales de la ONU sobre el Derecho a la Privacidad y sobre la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Opinión y Expresión llamaron a la presidenta Claudia Sheinbaum a reconsiderar la determinación de eliminar el Instinto Nacional de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
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Y es que, aseveraron que la supresión de este organismo debilitaría la privacidad de las personas y nulificaría el derecho a la transparencia para poder democratización los poderes públicos.
Tras la aprobación de la desaparición de los órganos constitucionales autónomos, la ONU-DH México recuperó la carta que había enviado a la primera mandataria, en las relatoras de Derecho a la Privacidad, Ana Brian Nougrères, y de Protección a Derecho a la Libertad de Expresión, Irene Khan, advirtieron que la iniciativa de ley para desaparecer al INAI y trasladar sus competencias a la Secretaría de la Función Pública, que se convertirá en la Secretaría Anticorrupción, no contempla mecanismos integrales para la rendición de cuentas.
Advirtieron que la supresión del INAI “podría debilitar la rendición de cuentas y la posibilidad de participar activamente en la vida pública que la creación de esta entidad perseguía”.
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De ahí que, “por estos motivos, instamos al Gobierno a reconsiderar la decisión de eliminar el INAI y las medidas conducentes a dicha supresión, así como a explorar mecanismos alternativos comprehensivos y transversales para garantizar la transparencia, el acceso a la información y la privacidad de la ciudadanía”, señalaron.
La ONU advirtió que la iniciativa no fue explícita respecto de dónde van a recaer todas las competencias del INAI, ya que se limita a establecer en el artículo 6º, sección A, fracción VIII, reformada, “que las leyes en la materia determinarán las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de estos derechos (los de acceso a la información y protección de datos personales) y las competencias de las autoridades de control interno y vigilancia u homólogos en el ámbito federal y local para conocer los procedimientos de revisión contra actos de los sujetos obligados”.

Foto: Cuartoscuro 


