Personas morales podrán simular su Declaración Anual 2025

Hay que observar las fechas para la Declaración Anual dependiendo el tipo de persona moral


SAT
Foto: Arte en canva

A partir del 1 de enero al 31 de marzo de 2026, las personas morales (empresas y negocios) deberán presentar su Declaración Anual 2025.

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Por ello, a partir de este 1 de diciembre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha puesto a su disposición un simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza para que visualicen la información que hayan presentado durante el ejercicio fiscal 2025.

Recordó que las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación, tienen hasta el 19 de enero de 2026 para presentar su declaración del ejercicio por liquidación; las personas morales sin fines de lucro, tienen hasta el 16 de febrero del próximo año para presentar su declaración del ejercicio.

En tanto que los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza, tienen como plazo hasta el 31 de marzo de 2026.

El organismo recaudador explicó que en la nueva plataforma, la declaración anual incorpora la precarga de información de pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio; PTU pagada en el ejercicio; retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO).

También el CFDI de devoluciones, descuentos y bonificación, así como el remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.

El SAT recordó que para enviar la declaración es necesario contar con e.firma y con un servicio de banca electrónica, ya que, en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.

“Es importante señalar que, si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias. Cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en verse reflejado”, precisó el brazo recaudador del gobierno federal.

El Servicio de Administración Tributaria aseguró que continúa con la implementación de herramientas que faciliten a las y los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en tiempo y forma, a fin de fortalecer la recaudación y, con ello, la economía mexicana y el bienestar de la población.