Patrcia Ramírez / Ovaciones
Foto: Cuartoscuro.com
Diputadas federales demandaron reformas al Código Penal Federal, con el propósito de que ninguna mujer tenga responsabilidades penales por defender su vida ante su agresor o agresores, después de haber sido víctimas de violencia física, sexual o feminicida, o bien, defienda a un tercero en los mismos términos.
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Y es que, en México no hay estadísticas respecto al número de las mujeres encarceladas por defender su vida ante una situación de peligro y muestra de ello es que en los centros penitenciarios de mujeres este tipo de casos son criminalizados e invisibilizados, lo cual obstaculiza el acceso a la justicia.
La diputada Marisol García Segura señaló que se debe estipular que en los casos de violencia física, sexual o feminicida en términos de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, no se aplicará el término exceso en la legítima defensa cuando se defienda un bien propio o ajeno.
Refirió que el juzgador podrá imponer tratamiento psicológico a la persona que se defienda, así como medidas para la protección de su integridad y sus bienes.
Agregó que otra finalidad de estas modificaciones es promover la obligación de juzgar con perspectiva de género por parte de las y los servidores públicos, así como de los entes encargados de impartir justicia en todos los casos relacionados con la violencia sexual, feminicida y de género.
Reiteró que las mujeres agredidas y que se defienden tienen dos opciones: ser víctimas de feminicidio o terminar encarceladas, lo cual añade es preocupante, pues las autoridades ignoran los protocolos de atención, los tratados y convenios internacionales de protección de los derechos humanos de las mujeres, que tienen como objetivo permitir su acceso a la justicia.
Enfatizó que el sistema de justicia continúa sin tomar en cuenta el contexto que viven las mujeres, pese a conocer que el 70 por ciento, mayores de 15 años, son víctimas de violencia de género y que se asesina a 11 mujeres por día en este país.
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Por otra parte, resaltó que para las autoridades el veredicto del agresor, los signos de violencia que éste presente y el arma son pruebas suficientes para que las mujeres puedan ser condenadas, pues en la lógica machista de las y los operadores “las mujeres que matan” son culpables.
Argumenta que la invisibilización de la violencia contra las mujeres es palpable en la ausencia de estudios o estadísticas sobre la prevalencia de la violencia contra la mujer, así como la poca información que existe sobre la magnitud de los casos de legítima defensa que afectan principalmente a la mujer.
García Segura sostuvo que la falta de datos en los casos de legítima defensa por mujeres víctimas de violencia sexual y feminicida obstruye el esfuerzo por elaborar estrategias de intervención concretas; de ahí la importancia de reformar el Código Penal Federal.