Qué hacer si se retrasa o cancela tu vuelo: Profeco

Refuerza medidas de atención en aeropuertos previo a la Copa Mundial de Fútbol



Foto: Cuartoscuro

A menos de 3 meses de que inicie la Copa Mundial de Fútbol 2026, los aeropuertos estarían esperando una gran afluencia de turistas nacionales y extranjeros, para disfrutar el deporte mundial, pero también de la diversidad de destinos y de la riqueza cultural.

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No obstante, señaló la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), las condiciones meteorológicas, los desajustes operacionales y las inconsistencias técnicas de las aerolíneas pueden afectar la salida de vuelos por cuestiones de seguridad de las personas pasajeras.

Ante estos escenarios, recuerda a la población sus derechos al utilizar este servicio de transporte.

Comenta que ante el retraso o demora en la salida del vuelo por causas atribuibles a las aerolíneas, tales como fallas técnicas, mantenimientos de rutina, intermitencia en los sistemas de operación, entre otras, las empresas deben informar la razón a las y los pasajeros a través de medios electrónicos o físicos en el área de abordaje y en los módulos de atención.

Observa que, conforme a la Ley de Aviación Civil, si la demora es superior a una hora e inferior a cuatro, la aerolínea debe compensar, como mínimo, con descuentos para vuelos posteriores hacia el mismo destino y con alimentos y bebidas.

En caso de que el retraso sea mayor a dos horas, pero menor a cuatro, la compensación debe contemplar descuentos no menores al 7.5% del precio del boleto.

Pero si la demora excede las cuatro horas o el vuelo se cancela, las personas pasajeras tienen la opción de elegir entre recibir el reintegro del precio del boleto o la parte no realizada del viaje, más una indemnización no inferior al 25% del costo del mismo.

También puede optar por transporte sustituto en el primer vuelo disponible, más alimentos, alojamiento, así como transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto en caso de aplicar; o, transporte en alguna fecha posterior al mismo destino y una indemnización no menor al 25% del precio del boleto o la parte no realizada.

La Profeco indica que para cubrir el pago de las indemnizaciones o compensaciones, las aerolíneas cuentan con un periodo máximo de 10 días naturales posteriores a la reclamación, con excepción en alimentos, bebidas y hospedaje, los cuales deben ser cubiertos en el momento del retraso, demora o cancelación del vuelo.

Por otro lado, señala que si el itinerario se modifica, la aerolínea tiene la obligación de informar a las y los pasajeros los cambios aplicados con al menos 24 horas de anticipación a la salida del vuelo, a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos, mensajes de texto o mediante cualquier otro canal digital.

En este sentido y como parte del programa de verificación y vigilancia “Copa Mundial de la FIFA 2026 Mundial Social”, la Profeco asegura que fortalece las medidas de protección y defensa de las personas pasajeras ante incumplimientos de las aerolíneas.

De ahí que, señala, mantiene instalados módulos de atención estratégicos en los aeropuertos con mayor afluencia en la República Mexicana.

Asimismo, recuerda a la población consultar los términos y condiciones del servicio de transporte aéreo por adquirir, así como llegar oportunamente a la terminal, acatar las normas de seguridad, ocupar el asiento asignado y proporcionar datos de identificación oficiales y veraces a fin de agilizar los procesos en caso de solicitar alguna aclaración.