Ante el incremento del uso de las motocicletas y scooters eléctricos, el gobierno de la Ciudad de México determinó que los usuarios de este medio de transporte deberán sujetarse a las normas generales para la circulación de vehículos, por lo que ya no podrán transitar por carriles confinados, deberá portar placa, tarjeta de circulación, casco, así como ir con las luces encendidas y sujetarse a las mismas disposiciones que regulan a las motocicletas de combustión interna.
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En conferencia de prensa, la jefa de Gobierno, Clara Brugada, al precisar que enviará al Congreso capitalino reformas a la ley de Movilidad y el reglamento de tránsito, junto con los secretarios de Movilidad y de Seguridad Ciudadana, Ulises García Nieto y Pablo Vázquez, respectivamente, advirtieron que tampoco podrán circular por las ciclovías y aquellos que tengan permisos para circular en otros municipios o entidades federativas deberán tramitar un permiso para poder circular en la Ciudad de México y tendrán un plazo de un mes para realizar el trámite.
Explicaron que actualmente hay 750 mil 722 motocicletas en la capital del país, cifra que continúa en incremento, por lo que advirtieron que es necesario que a través de las nuevas medidas se garantice la seguridad vial, el orden en el tránsito y se proteja el medio ambiente.
Informaron que en el tercer trimestre de 2024 se registraron 19 mil 207 accidentes de tránsito, lo que representó, aseguró, una disminución de 10.6 por ciento respecto al periodo anterior, además de que en dicho lapso se registraron 106 fallecimientos por accidente de tránsito, de los cuales 49 por ciento fueron de usuarios de motocicletas. Esta cifra, dijo, pone a la cabeza a los usuarios de ese transporte, en comparación con otros, como ciclistas, conductores, pasajeros o peatones.
Quiénes entran en esta nueva disposición
Las secretarías de Movilidad, de Seguridad Ciudadana y la Consejería Jurídica señalaron que “definió a las motocicletas eléctricas como un vehículo con una velocidad de desplazamiento mayor a 25 kilómetros por hora, que utiliza un manubrio para conducción, que tiene una o dos plazas y también una o dos ruedas. Éstas deberán sujetarse a las normas generales para la circulación de vehículos, igual que un coche o motocicleta de combustión”.
En cuanto a los patines y scooters fueron catalogados como vehículos no motorizados, ya que utiliza la tracción humana, pedaleo asistido o que cuenta con un motor eléctrico con una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y deberán circular en donde existan ciclovías, deben indicar sus cambios de carril por señales y tendrán preferencia sobre los vehículos motorizados y en caso de estar en calles, donde no haya infraestructura ciclista, se podrá utilizar, preferentemente el carril derecho.
Finalmente, el secretario de Seguridad Ciudadana, Pablo Vázquez dio a conocer con el objetivo de garantizar la seguridad, se sumarán a los 79 radares existentes 71 unidades nuevas y aclaró que no se están aplicando fotomultas por lo que, aseguró que los flashazos que ven los conductores se debe a que están en el proceso de instalación y calibración de los aparatos.

Foto: Cuartoscuro 


