Inició 2026 y con ello, la obligación que tienen las empresas de presentar su Declaración Anual 2025, y con la cual deben cumplir entre el 1 de enero y el 31 de marzo de este año.
LEE ADEMÁS: López Rabadán pide reforma electoral con visión de Estado
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló lo anterior y precisó que las fechas para presentar la declaración para las sociedades que se encuentren en periodo de liquidación tienen hasta el 19 de enero para presentar la declaración del ejercicio por liquidación.
En tanto que las personas morales sin fines de lucro tienen hasta el 16 de febrero para presentar su declaración del ejercicio; los demás regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tienen hasta el 31 de marzo para cumplir con este trámite.
El brazo recaudador del gobierno federal indicó que en la nueva plataforma, la Declaración Anual cuenta con información precargada, esto es, pagos provisionales presentados y pagados durante el ejercicio; la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada en el ejercicio.
También, las retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados a salarios, arrendamiento y RESICO); los CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones, así como el remanente de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos, subsidio para el empleo, entre otros.
El organismo aseveró que para enviar la declaración es necesario contar con e.firma vigente y con un servicio de banca electrónica, toda vez que en caso de obtener un saldo a cargo, el pago debe realizarse mediante transferencia a través de bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
Destacó que si se requiere modificar los ingresos o cualquier otro dato precargado, se deben presentar declaraciones complementarias.
TAMBIÉN PUEDES LEER: Corte avala desaparición de fideicomisos y cierra el debate
Mientras que cuando exista un saldo a cargo, la actualización de la información será visible 48 horas después del pago. Si el saldo es en ceros, tardará 24 horas en reflejarse.
El SAT recordó que desde el 1 de diciembre de 2025 se puso a disposición de los contribuyentes el simulador del Régimen General y Régimen Simplificado de Confianza, para que las empresas visualicen la información que presentaron durante el ejercicio fiscal 2025. </div>

Foto: Arte en canva 


