Senado aprueba leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial

Se reestructura el Poder Judicial y se adicionó un título para prohibir el nepotismo



Foto: Cuartoscuro.com

El pleno del Senado de la República con la mayoría de los votos de Morena y sus partidos aliados del Verde Ecologista y del Trabajo aprobaron la Ley orgánica del poder judicial de la federación, ley de la carrera judicial del Poder Judicial de la Federación y la ⁠Ley General de Responsabilidades Administrativas.

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En cuanto a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación se establece la estructura, integración, funcionamiento y competencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal de Disciplina Judicial, el Órgano de Administración Judicial, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Plenos Regionales, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Colegiados de Apelación, y los Juzgados de Distrito.

Con la aprobación del proyecto de decreto, el Consejo de la Judicatura Federal se transforma en el Órgano de Administración Judicial, se instituye como un cuerpo profesional de gobernanza judicial lo que le permite tener atribuciones para gestionar los recursos materiales, humanos, financieros y tecnológicos, además de que se le atribuyen facultades para dar cumplimiento a las normas del funcionamiento administrativo.

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Contará también con órganos auxiliares, por lo que tendrá la Escuela Nacional de Formación Judicial, el Instituto Federal de la Defensoría Pública, la Contraloría, la Unidad de Peritos Judiciales Unidad de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la Unidad de Administración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la Unidad de Administración del Tribunal de Disciplina Judicial, el Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles y el Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Poder Judicial de la Federación.

En cuanto a la Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación, con los votos en contra de la oposición conformada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, el poder judicial además de que fueron regulados los mecanismos de ingreso, evaluación, permanencia, promoción, organización y participación del personal de carrera, también contarán con capital humano para realizar las evaluaciones del personal en el que se consideren el mérito y la igualdad de oportunidades. En esta ley se hizo la adhesión del Título Tercero para impedir actos de nepotismo.

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Finalmente, en la Ley General de Responsabilidades Administrativas se adicionaron las figuras de Tribunales de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial y se incorporó como falta administrativa “no grave al incumplimiento de obligaciones establecidas en el Código de Ética y los diversos Códigos de Conducta que rigen a las dependencias de Administración Pública Federal, se amplía el esquema de obligaciones de las personas servidoras públicas” respecto a uso racional de recursos públicos, su conducción austera, la obligación de informar su situación patrimonial con inclusión de lo relativo a las sociedades de convivencia.