Tras 10 años, SAT impulsa retorno de capitales para inversión y empleo

Personas físicas y morales podrán ingresar sus recursos a México con una tasa preferencial de 15%


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Foto: Cuartoscuro.com

Con la esperanza de que en este año se tengan más recursos con los que el gobierno federal los pueda invertir en actividades productivas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) relanzó, en el marco del Plan México y después de 10 años de no hacerlo, el programa de Repatriación de Capitales para fomentar, a través de incentivos fiscales, el retorno o ingreso de recursos que se mantienen en el extranjero.

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¿Quiénes pueden participar en el programa?

Tal y como lo adelantó Antonio Martínez Dagnino, jefe del SAT, el 9 de septiembre pasado, dicho programa se estableció en el Transitorio Vigésimo Cuarto de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026, y está dirigido a personas físicas y morales residentes en México o en el extranjero, con establecimiento permanente en territorio nacional, y que buscan regresar o ingresar recursos que hayan tenido en el exterior.

El SAT busca replicar el éxito de 2016

Entonces, Martínez Dagnino dijo que en el SAT no se tenía “un pronóstico de cuánto dinero puede ser repatriado desde el extranjero a México, pero en 2016 fueron repatriados 380 mil millones de pesos, de los cuales pagaron 25 mil millones de pesos de impuestos“, pero sostuvo que se revisó a detalle la repatriación de capitales “como una estrategia para captar más dinero para el gasto público”.

De esta forma, a quienes decidan acceder a este mecanismo y acrediten el origen lícito de los recursos, los cuales debieron estar en el extranjero al 8 de septiembre de 2025, se les aplicará una tasa preferencial en el impuesto sobre la renta (ISR) de 15 por ciento.

Requisitos de inversión y destino de los recursos

Asimismo, los recursos deberán invertirse en México por tres años, destinarse a actividades productivas, a generar empleos, pago de pasivos a favor de la Federación o inversiones a través de bonos de deuda gubernamental, entre otros.

El brazo recaudador del gobierno federal precisó que el retorno o ingreso del dinero deberá hacerse a través de operaciones entre instituciones de crédito o casas de bolsa constituidas en México, reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y entidades constituidas fuera del territorio nacional.

Plazos y contacto del SAT para el programa

La vigencia de este programa es hasta el 31 de diciembre de 2026 y “los recursos que se retornen o ingresen durante el primer semestre, deben invertirse a más tardar el último día de este año. Las inversiones que retornen o ingresen durante el segundo semestre, deben invertirse a más tardar el 30 de junio de 2027“.

Asimismo, el órgano tributario ha puesto a disposición de las y los contribuyentes el siguiente correo electrónico para dudas o información del programa: retorno.capitales@sat.gob.mx.