IECM adecúa marco geográfico para garantizar identidad y participación en pueblos y barrios originarios

La medida cumple la sentencia TECDMX-JEL-007/2026 y busca garantizar la identificación y los derechos de los pueblos y barrios originarios



Foto: Cortesía del IECM

Con el objetivo de que la ciudadanía participe bajo condiciones de certeza, claridad y pleno reconocimiento de sus comunidades, el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó diversas adecuaciones al Marco Geográfico de Participación Ciudadana y al Catálogo de Unidades Territoriales para el ejercicio 2025.

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Esta medida responde al cumplimiento de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (expediente TECDMX-JEL-007/2026), buscando garantizar la correcta identificación de los pueblos y barrios originarios y fortalecer sus derechos colectivos.

Actualización de denominaciones en Iztacalco

Derivado de una nota aclaratoria de las autoridades competentes, el Acuerdo aprobado actualiza los nombres de dos Unidades Territoriales en la demarcación Iztacalco. Los cambios quedan de la siguiente manera:

  • Pueblo Santa Anita Zacatlalmanco Huehuetl (anteriormente: Pueblo Santa Anita Zacatlamanco Huehuetl).
  • Barrio San Sebastián Zapotla (anteriormente: Barrio San Sebastián Zapotitla).

El Instituto precisó que cualquier referencia previa a estos lugares deberá entenderse bajo las nuevas denominaciones, por lo que no será necesario realizar rectificaciones adicionales en documentos anteriores.

Impacto en el Presupuesto Participativo

Como parte de estas acciones, el IECM modificó el Anexo 1 de la Convocatoria para el Presupuesto Participativo 2026 y 2027. Esta modificación asegura que los procesos de consulta en los pueblos y barrios de Iztacalco reflejen sus nombres correctos, respetando su identidad histórica.

Dato clave: Estas adecuaciones no modifican la configuración territorial vigente. Se mantiene el total de 1,851 Unidades Territoriales, integradas por 69 pueblos y 18 barrios originarios.

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Al no haber cambios en los límites geográficos, la organización de los procesos participativos no sufrirá alteraciones operativas, asegurando que los residentes cuenten con las garantías necesarias para ejercer sus derechos en un entorno de respeto a su identidad comunitaria.