Pilar Mansilla / Ovaciones
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Las entidades federativas, municipios y organismos descentralizados podrán pagar las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) bienes inmuebles que puedan sumarse a su patrimonio, “siempre y cuando sean funcionales para cumplir con las facultades y atribuciones”.
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Con 65 votos a favor, 13 en contra y 12 abstenciones, los legisladores, reformaron y adicionaron el artículo 253 de la Ley del Seguro Social con el propósito de que puedan pagar los adeudos que tienen con el Instituto, ya que los retrasos de los pagos argumentaron los legisladores impiden cumplir el otorgamiento de un servicio de calidad.
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Los senadores establecieron que el IMSS no podrá aceptar inmuebles como pago de las cuotas que correspondan al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, además de que deberán estar libres de impuestos, carga, proceso judicial o “contingencia de cualquier naturaleza”.

CIUDAD DE MÉXICO, 13MARZO2024.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través de los 35 Centros de Referencia Estatales para la Atención del Niño y de la Niña con Cáncer (OncoCREAN), brinda servicios especializados a pacientes pediátricos oncológicos mediante protocolos vanguardistas homologados y atención temprana de complicaciones, lo cual ha incrementado la tasa de sobrevida frente al cáncer infantil. El titular de la Coordinación de Atención Oncológica del Seguro Social, doctor Enrique López Aguilar, informó que durante el último año la Aplicación de Pacientes Oncológicos (APO) registró a más de 5 mil niños con esta enfermedad, de los cuales 2 mil 200 fueron anotados en un censo integral y actualmente reciben atención especializada. FOTO: IMSS/CUARTOSCURO.COM 


