Nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

20, abril 2023

RICARDO MONREAL A

El pasado 12 de abril, el Pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, el cual busca homologar acciones y mecanismos, en todo el país, para solventar diferencias entre particulares. Éstas se pueden presentar en materia de divorcios, herencias, adopciones, arrendamientos y conflictos vecinales, entre otras.

La creación y aprobación del nuevo Código se deriva de la reforma constitucional en materia de justicia cotidiana, de 2017, así como de la facultad otorgada al Congreso de la Unión, dentro de esa misma reforma, para expedir una legislación única en materia procesal civil y familiar. Esto significa, en otras palabras, la expedición de la ley secundaria que reglamenta aquella reforma constitucional.

Cabe señalar que el Código se compone de 1,191 artículos, divididos en diez libros, además de un régimen transitorio compuesto por 20 artículos. Está contemplado que entre en vigor en 2027, a fin de que exista tiempo suficiente para que sea conocido por los actores involucrados del sector (como personas juzgadoras, juristas, magistradas, magistrados e instituciones de justicia), pero, por ahora, la minuta se remitió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Otros objetivos del nuevo Código son:

  1. Armonizar y homologar los plazos, reglas, normas, criterios y términos para solucionar las diferencias cotidianas, y aquellos que en diversos estados de la República son diferentes o incluso contradictorios;
  2. Promover medios alternativos de solución de controversias, como la conciliación o la mediación;
  3. Respetar los derechos humanos en todos los casos;
  4. Implementar la oralidad como un principio en el procedimiento, en el sistema de recursos judiciales y en la ejecución de sentencias, a fin de agilizar los juicios y buscar que las y los particulares tengan un acceso efectivo a la justicia pronta, completa, expedita e imparcial;
  5. Promover el uso de las tecnologías digitales, para facilitar el acceso a la justicia;
  6. Otorgar particular atención al interés superior de la infancia, y juzgar con perspectiva de género, equidad e igualdad.

El Código busca, asimismo, convertirse en una plataforma o base regulatoria común para las entidades federativas del país, respetando las especificidades locales. También coadyuvará a que el sistema judicial mexicano enfrente de mejor manera desafíos como la corrupción, la incertidumbre jurídica, la discriminación o la lentitud de los procesos. Dado que alrededor del 70 por ciento del total de los juicios en nuestro país pertenecen a la denominada justicia cotidiana, la creación y votación del nuevo Código es absolutamente trascendente para nuestro sistema de justicia.

Por otra parte, cabe destacar que naciones como Brasil, con el Código de Proceso Civil Brasileño, de 2015; Ecuador, con el Código Orgánico General de Procesos, del mismo año, o Colombia, con el Código General del Proceso, establecido en la Ley 1564, de 2012, actualizaron sus procesos civiles para una mejor justicia familiar y civil.

El derecho civil y familiar ha venido evolucionando en nuestro país y hoy se busca acompañar este desarrollo con un código procesal de avanzada. La justicia no debe ser un privilegio ni algo inalcanzable, tortuoso o incomprensible, sino accesible, cercana, clara para todas y todos y, sobre todo, efectiva, además de expedita, ya que justicia que no es pronta no es justicia.

Aprovecho estas líneas para reiterar mi felicitación a las y los integrantes de las comisiones de Justicia, y de Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República, por haber realizado un gran esfuerzo de consenso para la materialización legislativa de este ordenamiento jurídico.

Por todo lo anterior, el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares es un gran avance jurídico para nuestro país, que nos sitúa, sin duda, a la vanguardia de los mejores del continente y del mundo.

ricardomonreala@yahoo.com.mx

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