Pone en servicio SAT herramienta para presentar pagos definitivos del IVA

Aida Ramírez / Ovaciones Foto: Cuartoscuro.com El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dijo que, a partir del 1 de febrero de este año, se puso en operación una nueva plataforma para que las personas morales que tributan en el Régimen General presenten los pagos definitivos del impuesto al valor agregado (IVA) del ejercicio 2024.  

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CIUDAD DE MÉXICO, 12DICIEMBRE2023.- Debido a los microsismos que se registraron en la Ciudad de México, personal de Sistema de Administración Tributaria (SAT) fueron desalojados de las oficinas ubicadas en avenida Hidalgo, en el Centro Histórico. Según datos del Sismológico Nacional, el epicentro tuvo lugar en la alcaldía Álvaro Obregón. FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO.COM

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dijo que, a partir del 1 de febrero de este año, se puso en operación una nueva plataforma para que las personas morales que tributan en el Régimen General presenten los pagos definitivos del impuesto al valor agregado (IVA) del ejercicio 2024.

 

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La nueva herramienta incluye varias mejoras para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de esta obligación fiscal.

Explicó que se consolidan en una sola herramienta todas las obligaciones fiscales de los contribuyentes del Régimen General; hubo un rediseño del formulario para identificar de una manera más fácil los conceptos que conforman la declaración.

También, se facilita el cumplimiento mediante la precarga de la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos de tipo “Ingreso” y “Pago”, con opción de modificación, respetando en todo momento el derecho de la autodeterminación de los contribuyentes.

La herramienta se encuentra disponible en la liga www.sat.gob.mx/declaracion/00220/simulador-de-la-declaracion-de-pagos-provisionales-del-regimen-general

El brazo recaudador del gobierno federal señaló que los pagos definitivos del IVA son una declaración que se hace mensualmente para informar al SAT sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado de este impuesto, y el plazo para presentarla es a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago, de conformidad con el artículo 5-D, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Son sujetos del IVA aquellas personas morales que enajenen bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes, importen bienes o servicios.

“El SAT mantiene la firme convicción de seguir implementando acciones y mejoras para que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con sus obligaciones, así como para consolidar una cultura contributiva con herramientas adecuadas para la población mexicana”.