Presenta colectivo iniciativa preferente para prohibir corridas de toros en CDMX

1, septiembre 2022

PATRICIA RAMÍREZ

Organizaciones no gubernamentales presentaron una iniciativa ciudadana preferente No a las Corridas de Toros en la Ciudad de México, que plantea derogar, reformar y adicionar diversas disposiciones de las leyes para la Celebración de Espectáculos Públicos y de Protección a los Animales, ambas de la Ciudad de México.

Esta iniciativa fue turnada para su análisis y dictaminación a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y de Administración Pública Local, con opinión de la Comisión de Bienestar Animal.

El colectivo Resistencia Defensa Animal propuso establecer que la utilización de animales en espectáculos públicos o privados, incluyendo los espectáculos a domicilio, fijos o itinerantes, en los cuales se maltrate, torture o prive de la vida a toros, novillos y becerros son actos de maltrato y crueldad animal; y, que en consecuencia se prohíba la celebración de este tipo de espectáculos, sin perjuicio de las penas que para tal efecto establece el Código Penal para el Distrito Federal.

Con 18 mil 803 firmas que avalan esta petición, la organización planteó que al ser una iniciativa preferente se tendrá que dictaminar y votar en un plazo máximo de 45 días naturales, tal como lo establece la normatividad vigente.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Bienestar Animal, Jesús Sesma, señaló que, ante la parálisis legislativa del Congreso de la Ciudad de México, es muy positivo que la sociedad civil haya tomado la iniciativa para prohibir las corridas de toros en la capital.

Precisó que es evidente que “si las tradiciones en México soportan nuestra identidad como mexicanos, no debemos permitir que la violencia nos defina como sociedad, y por consiguiente, como representantes de una sociedad de vanguardia en esta segunda Legislatura del Congreso de la Ciudad de México, las y los legisladores están obligados a hacer a un lado estas falsas tradiciones sin arraigo, para que no constituyan un elemento formativo en las nuevas generaciones”.

Subrayó que la iniciativa preferente ciudadana está establecida en el artículo 95 del Reglamento del Congreso de la Ciudad de México, el cual señala que las y los ciudadanos que reúnan al menos el 0.13 por ciento de la lista nominal de electores vigente en los términos previstos por la Constitución Local y las leyes, pueden presentar una iniciativa ciudadana que puede ser preferente si reúnen las firmas de cuando menos cero punto veinticinco por ciento de la lista nominal, tal como la presentaron.

Finalmente, mencionó que, como iniciativa preferente, el Congreso está obligado a analizar dicha iniciativa y pronunciarse sobre la misma en un tiempo máximo de 45 días sin posibilidades de una prórroga.