Propone magistrado que partidos puedan postular solo 4 candidatas a gubernaturas en 2024

7, noviembre 2023

PATRICIA RAMIREZ

Foto: Cuartoscuro

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se perfila para dar marcha atrás al acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) que ordenó a los partidos políticos postular a cinco mujeres para las 8 gubernaturas y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México, que estarán en disputa en 2024.

El proyecto de sentencia circulado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, propone que sean cuatro y no cinco las mujeres que obligatoriamente deben llegar a las candidaturas a gubernaturas.

El razonamiento señala que en Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco y Veracruz los partidos deben postular a cuatro mujeres, mientras que en Yucatán se deberán ajustar a lo establecido en la ley local, que establece que la paridad entrará en vigor hasta las elecciones de 2030, por lo que los partidos pueden designar el género que quieran para 2024.

 

El magistrado señala que son los Congresos estatales y el Congreso de la Unión las autoridades facultadas para regular las medidas necesarias a fin de garantizar la paridad de género en los cargos a las gubernaturas. Además, los Congresos locales tienen libertad configurativa para legislar
respecto de cómo verificar la paridad de género en la gubernatura.

“El INE no tiene, de inicio, facultares para emitir reglas que vinculen a los partidos políticos a cumplir con la paridad al postular candidaturas a las gubernaturas, pues ello transgrede la libertad configurativa de las entidades federativas que ya han establecido leyes reglamentarias. Regular la paridad le corresponde a los PP, en ejercicio de su autodeterminación y autoorganización, deben instituir en sus documentos básicos reglas a potencializar la paridad sustantiva”, señala el proyecto, que responde a la queja presentada por Movimiento Ciudadano. Agregó que son fundados los agravios de este partido, porque de la normativa aplicable, así como de las reglas establecidas por el TEPJF se desprende que el sistema jurídico electoral no atribuye al INE facultades explícitas para instrumentar y garantizar la paridad en las elecciones a las gubernaturas, al estar reservada al Congreso de la Unión y legislaturas locales.

También el proyecto sentencia establece que los partidos políticos deberán informar a los Organismos Públicos Electorales Locales las cuatro entidades donde
postulará a candidatas a la gubernatura o a la jefatura de gobierno conforme a lo siguiente: en las entidades en que ya iniciaron las precampañas, en un plazo de cuarenta y ocho horas, contadas a partir de la notificación de esta sentencia, y en los estados restantes deberán hacerlo un día antes del inicio de las precampañas. Al respecto, los OPLES deberán informar al INE sobre lo señalado por cada uno de los partidos políticos nacionales.