Con 116 votos a favor en lo general y 109 a favor con seis abstenciones en lo particular, el Senado de la República aprobó la reforma al artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para establecer un límite a las pensiones de funcionarios públicos de organismos descentralizados, empresas públicas del Estado y diversas entidades del sector paraestatal; durante la discusión del dictamen fueron rechazadas las reservas presentadas por senadores de los grupos parlamentarios de Movimiento Ciudadano y del Partido Acción Nacional.
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Tras la votación y el turno del decreto a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo, la reforma establece que las pensiones de servidores públicos de organismos descentralizados, sociedades nacionales de crédito, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos constitutivos de entidades paraestatales no podrán superar la mitad de la remuneración establecida para la persona titular del Ejecutivo Federal.
De acuerdo con lo aprobado, este límite también aplicará a funcionarios de empresas públicas, organismos descentralizados y fideicomisos de las entidades federativas y de los municipios, incluidos aquellos con participación estatal o municipal mayoritaria.
📌 El Senado aprobó la reforma constitucional para limitar las pensiones de entidades públicas.
— Senado de México (@senadomexicano) March 11, 2026
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El dictamen precisa que ningún contrato, disposición laboral o instrumento jurídico que regule la relación de trabajo podrá establecer condiciones que rebasen ese tope para las pensiones. También se excluye de este límite a las Fuerzas Armadas, a las pensiones derivadas de aportaciones voluntarias a los sistemas de ahorro para el retiro basados en cuentas individuales, a los sistemas de ahorro complementarios financiados con aportaciones sindicales y a la pensión no contributiva.
Una disposición transitoria señala que las jubilaciones o pensiones que no se encuentren dentro de estas excepciones y que hayan sido otorgadas antes de la entrada en vigor de la reforma deberán ajustarse al nuevo límite, incluso si actualmente se encuentran vigentes.
En cuanto a los entes públicos deberán revisar y, en su caso, adecuar contratos, condiciones generales de trabajo y otros instrumentos jurídicos que contemplen planes de jubilación o pensión para alinearlos con lo establecido en la Constitución.
📌 El Pleno del Senado avaló establecer en la Constitución un límite a las jubilaciones y pensiones de las entidades públicas. pic.twitter.com/aT1w8V9Rd2
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Durante la discusión, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Óscar Cantón Zetina, afirmó que la reforma busca ordenar el sistema de pensiones financiadas con recursos públicos y evitar montos desproporcionados que generan presiones sobre las finanzas públicas, mientras que el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Enrique Inzunza Cázarez, señaló que la modificación retoma el principio planteado en “Los Sentimientos de la Nación” para moderar la opulencia y la indigencia a través de leyes que garanticen condiciones de mayor equidad.

Avala Senado tope a pensiones doradas de funcionarios. | Foto: Cuartoscuro.com 


