SICT implementará decreto sobre servicio público ferroviario de pasajeros; hasta el 15 de enero se tiene para propuestas

AIDA RAMÍREZ Foto: Cuartoscuro.com Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador anunciara que, para su implementación, los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga serán los primeros en ser invitados, se precisó que la regulación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, así como la implementación del

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SANTA LUCÍA, ESTADO DE MÉXICO, 04OCTUBRE2023.- Aspectos del tramo de Conexión al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) del tren suburbano por parte de CIHAC. El tren contempla llegar del AIFA hasta la estación Buenavista en la Ciudad y se pretende inaugurar en Mayo 2024. FOTO: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO.COM

AIDA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro.com

Luego de que el presidente Andrés Manuel López Obrador anunciara que, para su implementación, los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga serán los primeros en ser invitados, se precisó que la regulación del servicio público de transporte ferroviario de carga y de pasajeros, así como la implementación del Decreto, estará a cargo de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).

La SICT señaló que en caso de que los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga no presenten propuestas viables en inversión, tiempo de construcción, modernización de vías para otorgar el servicio de pasajeros o no manifiesten su interés y aceptación en el plazo establecido, el Gobierno Federal podrá otorgar títulos de asignación.

Dichos títulos se darán a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) o a la Secretaría de Marina (Semar), que ya operan el Tren Maya y el Tren del Istmo de Tehuantepec, o en su caso, a particulares que presenten propuestas y estén interesados en prestar el servicio de transporte ferroviario de pasajeros en términos de lo dispuesto por la Ley Reglamentaria de los Servicios Ferroviarios y su Reglamento.

 

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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes precisó que el Decreto entró en vigor a partir de este 20 de noviembre de 2023, en que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, con lo que se declara área prioritaria para el desarrollo nacional la prestación del servicio público ferroviario de pasajeros en el Sistema Ferroviario Mexicano, de acuerdo al Decreto del presidente López Obrador, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Observa que en las vías generales de comunicación ferroviaria concesionadas, se dará preferencia a la prestación del servicio público ferroviario de pasajeros y se respetará el servicio público de transporte en los términos de lo dispuesto en la concesión respectiva.

Por lo que, para la implementación del servicio ferroviario de pasajeros, los concesionarios del servicio público de transporte ferroviario de carga serán los primeros en ser invitados para presentar los proyectos, dentro de sus vías generales de comunicación ferroviaria que les fueron otorgadas en concesión.

Los interesados deberán presentar sus propuestas ante la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) a más tardar el 15 de enero de 2024.

Las primeras siete rutas que se concesionarán y deberán considerar preferentemente las estaciones que se encontraban en operación antes del año de 1995, son Tren México-Veracruz-Coatzacoalcos; Tren Interurbano AIFA-Pachuca; Tren México-Querétaro-León-Aguascalientes; Tren Manzanillo-Colima-Guadalajara-Irapuato; México-San Luis Potosí-Monterrey-Nuevo Laredo; México-Querétaro-Guadalajara-Tepic-Mazatlán-Nogales y, Aguascalientes-Chihuahua-Ciudad Juárez.