Sueldos de IMSS son conforme a la función que desempeña el trabajador en igualdad de circunstancias

17, mayo 2023

AIDA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aseguró que por sí mismo, el IMSS-Bienestar no está facultado para hacer modificaciones en su tabulador, pero además, afirma que las categorías establecidas en la Secretaría de Salud en comparación con las del IMSS-Bienestar “generan desigualdad de ingreso realizando la misma función”.

En ese sentido, en una tarjeta informativa, hace precisiones respecto al video intitulado “EL IMSS-BIENESTAR ELIMINA LICENCIATURAS” que circula en redes sociales en el marco del Foro “La enfermería en México, retos y perspectivas sobre el personal de salud”, que se llevó a cabo el pasado 12 de mayo en el Senado de la República.

Así, los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar) puntualizan que la reforma a la Ley General de Salud “no aprueba ningún sueldo tabular ya que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es la instancia facultada para autorizar los tabuladores aplicables a la Administración Pública Federal”.

Señala que de manera errónea, el ponente en el Foro, “hace una comparativa respecto al sueldo tabular de la Secretaría de Salud y el Programa IMSS-Bienestar, inserto en el Contrato Colectivo de Trabajo del IMSS, el cual no es aplicable para los trabajadores que sean contratados por los Servicios de Salud IMSS-Bienestar, ya que cuentan con un tabulador y Condiciones Generales de Trabajo especificas en apego al apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

En ese sentido, da a conocer la comparativa de sueldos aplicables a los trabajadores de los Servicios de Salud IMSS-Bienestar, autorizados por la Secretaría de Hacienda, en donde quienes están en la SSa en la zona económica 3, por ejemplo, como médico general, pueden ubicarse en alguna de las tres categorías A, B o C, percibiendo entre 19 mil 483 pesos hasta 22 mil 099 pesos; mientras que en el IMSS-Bienestar en la misma zona tiene solamente una categoría como Médico general, y perciben un sueldo total de 20 mil 959.30 pesos.

Lo mismo sucede con los médicos especialistas o médico especialista de hospital, químico o químico clínico; técnico en Trabajo Social o trabajadora social.

Y con mayor diversificación en el área de Enfermería, en donde en Salud empiezan como auxiliar A y B; enfermera general A, B y C; y enfermera especialista A, C y C, con sueldos de 10 mil 960 pesos hasta 18 mil 609 pesos; pero en el IMSS sólo contemplan Auxiliar de Enfermería, Enfermera de Atención Clínica y Enfermera Especialista con percepciones de 11 mil 745.75 pesos, 13 mil 393.73 pesos y 14 mil 729.77 pesos.

En este sentido, en la tarjeta informativa se indica que las categorías de base del IMSS-Bienestar se encuentran alineadas a la función que desempeñará el trabajador en igualdad de circunstancias, acorde al cumplimiento del perfil del puesto correspondiente, a diferencia de la Secretaría de Salud, donde se elige al trabajador que se beneficia con un ingreso superior realizando las mismas actividades, generando desigualdad de ingreso realizando la misma función.

Respecto a la mención del reconocimiento de la licenciatura de Enfermería, se señala que esta disciplina tiene un rol fundamental en las acciones encaminadas a la prestación de servicios médicos a la población sin seguridad social, por lo cual, en la creación de perfiles operativos de base de los Servicios de Salud IMSS-Bienestar, se consideraron las categorías de Auxiliar de Enfermería que brindará cuidados de baja y mediana complejidad a la población beneficiaria.

Ello, considerando el desarrollo de acciones intra y extramuros en el ámbito hospitalario y comunitario, en apego a lo establecido en el numeral 4.15.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-SSA3-2013, para la práctica de Enfermería en el Sistema Nacional de Salud.

También Enfermera de Atención Clínica que tiene el propósito de otorgar cuidados de mediana complejidad con base en la evolución del estado de salud del individuo, así como evaluar las intervenciones realizadas, participar en el proceso educativo y administrativo, asesorar y supervisar al personal de Enfermería en proceso de formación.

“Es importante señalar que entre los requisitos establecidos para la cobertura del puesto se consideró lo establecido en el numeral 4.13.1. de la norma oficial antes referida”.

Y Enfermera Especialista, en donde de manera adicional, en pro del reconocimiento y profesionalización de la Enfermería en nuestro país, IMSS-Bienestar incorporó a su catálogo de puestos dicha categoría, con la finalidad de otorgar cuidados especializados de mediana y alta complejidad con base en la evolución del estado de salud del paciente.