El Ejecutivo es ajeno al conflicto al interior del TEPJF

Abre el TEPJF la puerta a los recorridos de las corcholatas y la oposición

11, julio 2023

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cortesía TEPJF

En sesión privada, la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que los aspirantes de Morena a la candidatura presidencial podrán seguir recorriendo el país, pues confirmó la determinación del Instituto Nacional Electoral (INE) para negar las medidas cautelares contra los recorridos que siguen haciendo.

Con esto, también se daría vía libre a los candidatos de la oposición, que tienen un proceso interno muy similar y también están recorriendo el país y que también fueron denunciados ante la autoridad electoral.

Al resolver la impugnación del PAN contra el acuerdo del INE, los magistrados avalaron por cuatro votos a favor y tres en contra de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Janine Otálora y Felipe de la Mata Pizaña estas medidas.

El proyecto que finalmente fue avalado, proponía confirmar la decisión del INE, pero el presidente del organismo electoral, Reyes Rodríguez, consideró que debería ser el consejo general y no la Comisión de Quejas el que emitiera los lineamientos que deberán seguir los aspirantes a la coordinación de Defensa de la Transformación, en particular en lo relativo a la fiscalización, lo que no fue respaldado por el resto de los magistrados electorales.

Rodríguez Mondragón, advirtió que el mecanismo utilizado por Morena para perfilar a su candidato presidencial para 2024 podría vulnerar los principios de equidad de la contienda electoral.

Los magistrados explicaron que el PRD, Jorge Álvarez Máynez, Salomón Chertorivski Woldenberg y Kenia López Rabadán denunciaron la realización de actos anticipados de precampaña y campaña por parte de Morena, de Adán Augusto López Hernández, Claudia Sheinbaum Pardo, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, Manuel Velasco Coello, Marcelo Luis Ebrard Casaubón y Ricardo Monreal Ávila, al estimar que están realizando, de manera anticipada, el proceso de selección de la persona candidata a la Presidencia de la República.

La Comisión de Quejas del INE determinó en su momento que no puede detener el proceso y los plazos para la selección de la coordinación nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030, pues se trata de un proceso autoorganizativo del partido.

No obstante, advirtió que las acciones del partido y las personas participantes en el proceso denunciado podrían vulnerar la equidad en la contienda. Por lo tanto, los vinculó a respetar los principios de legalidad y equidad frente al proceso para la renovación de la presidencia de la República.

El magistrado Indalfer Infante Gonzales presentó un voto concurrente, pues si bien estuvo de acuerdo en confirmar, consideró que, aunque existe un riesgo razonable de conductas ilícitas derivadas del proceso denunciado, no se justifica su suspensión, porque se presume que es un acto partidista y las medidas que dictó el INE previenen que se convierta en un acto proselitista al margen de la ley.

Por su parte, la magistrada Otálora Malassis consideró que se debería suspender el proceso, porque se trata de una simulación para evadir la ley, lo cual vulnera la equidad en la contienda, impide una fiscalización adecuada y atenta contra la integridad del proceso electoral.