Aprueban diputados reforma legales en materia de trata de personas

25, octubre 2023

PATRICIA RAMIREZ

Foto: Cámara de Diputados

Con la presencia de la cantante Gloria Trevi, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas para actualizar y fortalecer el marco jurídico en materia de trata de personas, incluyendo conceptos de interseccionalidad, interculturalidad y enfoque de derechos humanos.

Las modificaciones a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, tiene la finalidad actualizar y fortalecer el marco normativo.

El dictamen avalado en lo general por 412 votos y en lo particular con 392 votos en pro, cero en contra y 21 abstenciones, se remitió al Senado de la República para efectos constitucionales.

 

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Incluye el concepto de interseccionalidad, que será la herramienta analítica que reconoce que las desigualdades sistémicas se configuran a partir de la superposición de diferentes factores sociales como el género, la etnia y la clase social. En consecuencia, tanto las desventajas como los privilegios que tiene una persona en un momento y lugar determinados no pueden entenderse examinando de forma aislada los diversos elementos de su identidad.

Por el contrario, añade, se debe prestar atención al conjunto de relaciones de poder que le afectan, incluidas aquellas fuerzas a nivel macro como el pasado colonial y la pobreza; y las fuerzas a nivel micro, entre ellas el estado de salud de una persona y la estructura de su familia o comunidad.

La interculturalidad será una metodología que permite la interacción respetuosa entre diferentes culturas y grupos étnicos, mediante la cual se reconoce y valora la diversidad cultural, buscando la igualdad de derechos y oportunidades para todas las personas, independientemente de su origen cultural o étnico.

Contempla el enfoque de derechos humanos que se define como la metodología basada en estándares internacionales de derechos humanos. Su objetivo es analizar las desigualdades y corregir las prácticas discriminatorias y las distribuciones injustas de poder que impiden el progreso del desarrollo y que a menudo se centran en grupos históricamente discriminados.

 

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El dictamen considera que la religión u orientación sexual, la condición de salud, así como pertenecer a los pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas serán considerados como sujetos en situación de vulnerabilidad.

Se entenderá como explotación de una persona la utilización de personas menores de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, o no tenga capacidad de resistir la conducta.

Sanciona el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TICS), tales como herramientas, programas, plataformas y dispositivos que se utilizan para procesar, administrar, editar, difundir o crear contenido con la información o materia que devenga de una persona víctima.

También, se sanciona a quien cometa delitos en materia sexual, explotación laboral y explotación de la mendicidad en contra de pueblos y comunidades indígenas afromexicanas.

En lo particular se aceptó una propuesta de modificación impulsada por diputadas y diputados de Morena, a los artículos 14 y 35, para precisar el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TICS), y señalar que la pena se incrementará cuando la víctima sea una persona menor de 18 años.