Avala Senado la Ley Olimpia, castiga violencia digital contra la mujer

5, noviembre 2020

El Senado aprobó, por unanimidad, la “Ley Olimpia” nacional para castigar hasta con 9 años de prisión la violencia digital y mediática en agravio de mujeres y niñas e impedir el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual sin su consentimiento en plataformas de Internet o redes sociales.

Con 87 votos a favor, el pleno senatorial avaló los cambios a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la minuta se devolvió a la Cámara de Diputados.

En los escaños de los senadores se colocaron cartelones en color lila con la leyenda: “NO+VIOLENCIA DIGITAL y MEDIÁTICA contra las MUJERES. #LeyOlimpiaNacional”.

La “Ley Olimpia” es un proyecto que inició la activista Olimpia Melo Cruz, en 2014, tras un video íntimo de ella fuera difundido en redes sociales sin su consentimiento, lo que violó su intimidad e integridad.

En los cambios a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se define como violencia digital toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba y transmite.

Además, se comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento sin su aprobación o sin su autorización y que le causa daño psicológico y emocional.

La violencia mediática se defina como todo acto a través de cualquier medio de comunicación que de manera directa o indirecta promueva estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres y niñas.

También, se produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que cause daño a las mujeres y niñas de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida.

Ejercerá violencia mediática cualquier persona física o moral, que utilice un medio de comunicación.

Al fijar postura sobre el tema, Kenia López, del PAN, afirmó que es esa violencia que se vive en dispositivos, que se ejerce en una computadora, que increíblemente en muchas ocasiones ni siquiera tiene un rostro del agresor.

“Pero, ¡ojo!, si tiene una cuenta en Twitter, o en Facebook, o en Instragram o Yotube, es esa violencia que hoy lastima a millones de mujeres, adolescentes y no adolescentes, jóvenes y adultas, es esa violencia que hace que haya imágenes tuyas, fotos tuyas, videos tuyos o audios tuyos en donde se exhiben y violan tu intimidad sexual”, reprochó.

Nuvia Mayorga, del PRI, consideró que casi 35 por ciento de las mujeres han experimentado violencia física o sexual de su pareja o por parte algún desconocido.

Mencionó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 2019, estimó que 38 por ciento de los asesinatos de mujeres son cometidos por una pareja íntima.

Destacó que las formas de violencia contra las mujeres relacionadas con la tecnología y en los espacios en línea, forman parte de esta violencia permanente.

Miguel Ángel Mancera, del PRD, señaló que era necesario hacer un blindaje hacia las mujeres, niñas y adolescentes, que se ocupa de un tema fundamental de garantizar una vida libre de violencia para las mujeres.

“Es un paso importantísimo, nacional, será ejemplo para otros países, será ejemplo para otras naciones, por eso el grupo parlamentario del PRD está de plácemes con este logro que está por consumarse”, precisó.

Según el dictamen, en la prensa escrita aparecen 4 mil anuncios por semana, que promueven la trata y el tráfico sexual de niñas y mujeres.

En televisión, radio y prensa se reproducen 10 mil veces por semana diversos tipos y modalidades de violencia de género y estereotipos sexistas, en la radio se hacen 450 reproducciones de canciones que contienen diversas formas de violencia de género.

En cuanto a la violencia digital, 36.4 por ciento de mujeres de 20 a 29 años que utilizaron Internet en 2019, fueron víctima de ciberacoso y 40.3 por ciento de las mujeres de 12 años y más recibieron insinuaciones o propuestas sexuales.

La “Ley Olimpia” prevé de 3 a 6 años de prisión y multa de 500 a 1000 UMAS (Unidad de Medida de Actualización), es decir, 43,440 a 86,880 pesos.

Sin embargo, la pena aumentará la mitad, es decir, a 9 años, si el delito es cometido por el cónyuge, concubinario, concubina o, persona con la que la víctima tenga o haya tenido relación sentimental afectiva o de confianza, lo cometa un servidor público o se haga con fines lucrativos.