Avalan diputados endurecer requisitos para obtener licencias para portación de armas

28, noviembre 2023

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cortesía Cámara de Diputados

La Comisión de Defensa Nacional de Cámara de Diputados aprobó una reforma para endurecer los requisitos para obtener una licencia de portación de armas.

La modificación a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivo establece que las licencias particulares para la portación de armas serán individuales para personas físicas, o colectivas para las morales, y entre las restricciones para obtenerla, se agrega no contar con sentencia ejecutoria por la comisión de delito doloso.

Con 18 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones, la Comisión aprobó el dictamen a la minuta del Senado que reforma el artículo 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.

La iniciativa tiene por objeto determinar que las licencias particulares para la portación de armas se expedirán a las personas físicas que no cuenten con sentencia efectiva por la comisión de un delito doloso.

Asimismo, los diputados aprobaron dos dictámenes del titular del Ejecutivo federal en materia de disciplina de discentes y para duplicar el cómputo de tiempo de operaciones.

El primero, avalado con modificaciones por 18 votos a favor, cero en contra y una abstención, reforma la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Al respecto, el diputado Ricardo Villareal García afirmó que el dictamen armoniza el texto de la iniciativa del Ejecutivo federal, ya que otorga garantías constitucionales a los integrantes de fuerzas armadas respecto a las garantías de audiencia dentro de la disciplina militar.

La diputada María Guadalupe Román Ávila dijo que esta reforma ataca la problemática del orden dentro de las instituciones militares, que es la base fundamental del Ejército y de la Fuerza Aérea Mexicana para defender los intereses de la patria.

Esta iniciativa, agregó, consiste en dar de baja de la educación militar a quienes son disidentes y así resolver las faltas graves a los principios de las instituciones militares por parte de los cadetes, la tropa y los estudiantes.

La reforma establece que la baja procederá por acuerdo de la Secretaría de la Defensa Nacional: “Por observar mala conducta determinada por el Consejo de Honor de la Unidad, Dependencia o Establecimiento de Educación Militar a que pertenezca, o por colocarse en situación de no poder cumplir con sus obligaciones militares, por causas no imputables a la Secretaría de la Defensa Nacional, tratándose del personal de Tropa y de los militares de la clase de Auxiliares y de los discentes del Sistema Educativo Militar, quienes siempre serán oídos siempre en su defensa”.

El segundo dictamen, aprobado por unanimidad de 21 votos, es a la iniciativa que reforma la Ley para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, para duplicar el cómputo de tiempo de operaciones.

Propone incrementar al doble el cómputo de tiempo de servicio que preste el personal militar cuando se encuentre en operaciones, con el propósito de reconocer su esfuerzo por su desempeño de alto riesgo o especializado, para alentar su permanencia en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.