Buscan sancionar la violencia vicaria hasta con 6 años de cárcel

18, febrero 2023

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro (archivo)

La bancada del PRD en la Cámara de Diputados propuso reformas al Código Penal para tipificar expresamente la violencia vicaría, por lo que a quien cometa este delito se le impondría de ocho meses a seis años de prisión.

Las diputadas Elizabeth Pérez Valdez, Olga Luz Espinosa Morales y el diputado Héctor Chávez Ruiz, plantean establecer que quien comete el delito de violencia vicaria es el que lleva a cabo actos o conductas de dominio, control o agresión física, psicológica, patrimonial o económica con la intención de romper el vínculo materno o paterno filial contra la hija, hijo o hijos de las personas con la que se encuentre o haya estado unida por vínculo matrimonial, concubinato o una relación de pareja.

También, a quien cometa este delito se le impondrá de ocho meses a seis años de prisión y perderá el derecho de patria potestad. Asimismo, se le sujetará a tratamiento psicológico especializado.

 

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Además, se aplicará de seis a diez años de prisión y de quinientas a dos mil Unidades de Media y Actualización (UMA) cuando el delito se cometa en contra de personas con discapacidad y los responsables de este delito no podrán ser objeto de medidas tales como substitución y conmutación de sanciones, libertad preparatoria y retención o libertad anticipada.

Los legisladores señalan que a lo largo de la historia las mujeres han sido un grupo social histórica y culturalmente vulnerado, cuyas consecuencias se traducen en los diversos tipos de violencia acrecentándola de manera sistemática, propiciando nuevas conductas misóginas, permeadas a través de las estructuras patriarcales, que promueven la violencia hacia las mujeres.

 

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La violencia vicaria es una violencia secundaria a la víctima principal que es la mujer, ya que el daño se hace a través de terceros, por interpósita persona. El maltratador sabe que dañar a las hijas o hijos es asegurarse que el daño llega a la mujer del modo más cruel, sin posibilidad de control por parte de ella.

En este tipo de violencia confluyen conductas de violencia familiar, física, psicológica, de género, económica, patrimonial, institucional y otras, ejercidas no solo por los agresores sino directa e indirectamente por las autoridades de procuración y administración de justicia, de protección a la niñez y adolescencia, y jurisdiccionales que conocen de los casos, ya que omiten preservar los derechos de las víctimas y atender el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

En México, de las 32 entidades federativas, tan solo en tres códigos penales se ha tipificado la violencia vicaria como delito y en al menos nueve entidades más se ha reconocido en sus leyes de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia o Código Civil.

La iniciativa, turnada a la Comisión de Justicia para dictamen, señala que es necesario que las autoridades de los tres órdenes de gobierno identifiquen violencia vicaria en sus respectivos ámbitos de competencia e implementen medidas y mecanismos efectivos para prevenir, atender y erradicar toda forma de violencia contra las mujeres y sus hijas e hijos.

Asimismo, para garantizar que los asuntos en los que se vean involucradas niñas, niños y adolescentes sean atendidos por personal experto y especializado en esa materia, para asegurar que se adopten decisiones que respondan a sus derechos e interés superior.