EDUARDO ANDRADE La reforma al Art. 20 constitucional de 1996 introdujo una condición adicional que incrementaba las facultades judiciales para acotar el goce de la libertad bajo caución al determinar que aun en casos de delitos “no graves” que permitían conceder esta libertad, el juez podría negarla a petición del Ministerio Público cuando el inculpado
El problema es el sistema no la prisión preventiva (III)
EDUARDO ANDRADE La reforma al Art. 20 constitucional de 1996 introdujo una condición adicional que incrementaba las facultades judiciales para acotar el goce de la libertad bajo caución al determinar que aun en casos de delitos “no graves” que permitían conceder esta libertad, el juez podría negarla a petición del Ministerio Público cuando el inculpado




