Cómo y cuáles multas se pueden condonar en la CDMX

19, enero 2023

AIDA RAMÍREZ

Foto: cuartoscuro

En la Gaceta Oficial, el gobierno de la Ciudad de México ratificó que varias de las multas de tránsito tendrán una condonación o descuento de hasta 90 por ciento.

Así, precisó que ello sucederá siempre que se paguen en los siguientes 10 días naturales, contados a partir de la emisión de la sanción.

En primera instancia, el gobierno capitalino precisó que se condonará parcialmente, a las personas propietarias de vehículos el pago de las multas impuestas con motivo de violaciones al Reglamento de Tránsito y que emitan los agentes autorizados para infraccionar de la Policía de Control de Tránsito de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).

Ello deberá ser por medio de un dispositivo portátil para el tratamiento de imagen e información para el apoyo de tareas de movilidad y seguridad vial.

En ese sentido, señaló los artículos y fracciones que aplican para la condonación: 6, en todas sus fracciones; 7, en todas sus fracciones; 8, fracciones I, II, III, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, incisos a), b) y c), XIII, incisos a) y b), y XIV; 10, fracciones I, II, III, IV, V, VI, incisos b), c) y d), VII, VIII, incisos a), b), c) y e), IX, XI y XII; así como el 11, fracciones III, inciso a), IV, V, VI, VII, VIII, IX, XI, XII, incisos a), b), c), d), e), f), g) y h), XIII, XIV y XV.

También los artículos 12, 13, 15, 17 y 20 en todas sus fracciones; 21, fracciones I, II, IV, V, VI y VII; así como 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29 en todas sus fracciones; el 30, fracciones I, II, III, IV, V, VII, VIII, IX, X, incisos a), b), c), d), e), f), g) y h), XI, XII, XIII, XIV, incisos a), b) y c), XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XIX Bis y XX.

De igual forma el 34, fracciones I, II y XI; 35 y 36 en todas sus fracciones; 37, fracciones II, incisos a), c), d) y e), III, incisos a), b), c), d) y e), IV y V; 38, fracciones II, incisos a), b), c), d), f), g), h), i) y j), III, incisos a), b), c), d) y e), IV, incisos a) y b), V, incisos a) y b), y VI, incisos a) y b).

Así como artículo 40, fracciones II, incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), k) y l), III, incisos a), b) y c), IV, incisos a), b) y c), y V, incisos a), b) y c); 41, 42 y 43 en todas sus fracciones.

Según la Gaceta Oficial, la multas impuestas por infracciones al Reglamento de Tránsito estarán disponibles para su consulta en la dirección electrónica: https://estrados.cdmx.gob.mx/ donde además se podrá realizar el pago correspondiente; o de manera presencial en las Oficinas de Atención Ciudadana para la aclaración de infracciones.

El gobierno capitalino advirtió que quienes soliciten o acojan a los beneficios establecidos en la resolución, y que promuevan algún medio de defensa contra el pago efectuado o proporcionen documentación o información falsa o la omitan total o parcialmente, con el propósito de gozar indebidamente de la condonación, “quedarán sin efectos los mismos que le hubieran otorgado en relación al adeudo o adeudos de que se trate”.