Decretan Fase I de Contingencia Regional Ambiental por partículas

1, enero 2023

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Romina Solís

Debido a que las condiciones ambientales no han mejorado y se mantienen altos los niveles de contaminación, la Comisión Ambiental de la Megalópolis (Came) activó la Fase I de Contingencia Ambiental Regional, que implica reducción en actividades industriales.

El siguiente corte se emitirá después de las 15:00 horas, donde se determinará si siguen las malas condiciones.

La Came explicó que por la quema de pirotécnica del 31 de diciembre, hay mayor presencia de partículas PM2.5 en el aire de la zona sureste del Valle de México, razón por la cual se activa la Contingencia Ambiental Regional Fase I.

 

 

A las 11:00 horas se registró un valor promedio de 24 horas de 103.6 microgramos por metro cúbico de partículas PM2.5, en la estación Santiago Acahualtepec, en la  alcaldía Iztapalapa.

Los contaminantes se han acumulado en el aire, como consecuencia de una inversión térmica prevaleciente en la zona sureste del Valle de México.

La alcaldías para las que aplica esta fase son Iztapalapa, Milpa Alta, Tláhuac, Xochimilco y los municipios de: Amecameca, Atlautla, Ayapango, Chalco, Cocotitlán, Ecatzingo, Juchitepec, Ozumba, Temamatla, Tenango del Aire, Tepetlixpa, Tlalmanalco y Valle de Chalco Solidaridad.

Lo anterior, con el objeto de disminuir la exposición de la población al aire contaminado y el riesgo de afectación a su salud; así como para reducir la generación de contaminantes.

Con esta Fase I, las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que tengan equipos de combustión, procesos o actividades que generen partículas reducirán el 40 por ciento de sus emisiones de partículas.

Se suspenden las actividades de las concreteras (fijas o móviles) que no cuenten con equipo de control de emisiones.

Se suspenden las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.

Se suspenden las actividades de construcción, remodelación, demolición y movimiento de tierras, con excepción de los rellenos sanitarios y toda actividad de explotación de bancos de materiales pétreos, así como los movimientos de materiales generadores de partículas a cielo abierto en establecimientos de materiales de construcción (arena y grava, entre otros).

Se suspenden actividades en los establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón y que no cuenten con equipo de control de emisiones.

Las autoridades de salud en el ámbito de sus competencias, deberán difundir las recomendaciones de protección a la salud, se intensifica la vigilancia y el combate de incendios en zonas agrícolas y forestales, se prohibe la quema de materiales y residuos, incluyendo las realizadas para adiestramiento y capacitación.

La autoridad competente informará a los productores de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales que deberá reprogramar la cocción de sus productos.

Se reforzará la detección y sanción de vehículos ostensiblemente contaminantes, de vehículos sin verificación o que circulen el día que no les corresponde.

Suspender actividades de mantenimiento a la infraestructura urbana del gobierno local correspondiente, que generen emisiones fugitivas de partículas (movimiento de tierra, excavaciones, mantenimiento a jardines y camellones, entre otros), con excepción de las que atienden reparaciones urgentes.

Suspender las obras que obstruyan o dificulten el tránsito, con excepción de las que atiendan reparaciones urgentes
finalmente, reforzar la detección y sanción de vehículos de transporte de materiales de construcción abiertos sin lona de cobertura y/o que derramen materiales.