Elegir a presidente del INE en San Lázaro violaría derechos de otros consejeros: Mier

2, febrero 2023

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

El presidente de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, Ignacio Mier Velazco, aseguró que el hecho de que los legisladores federales designen al presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), de entre los aspirantes que se registren para la renovación de cuatro asientos del consejo general, violaría el derecho del resto de los consejeros en funciones de participar en ese proceso.

Luego de que el pleno de la Cámara de Diputados conoció, más de un mes después de que se aprobó, la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que ordenó modificar la convocatoria expedida por los legisladores en San Lázaro, Mier señaló que este es un aspecto que hay considerar.

Precisó que, como apenas se dio entrada formal en el pleno a esta sentencia, será la próxima semana cuando se convoque a los magistrados del TEPJF para que se reúnan con los integrantes de la Junta de Coordinación Política para abordar los aspectos jurídicos de esta sentencia.

También se hizo del conocimiento del pleno el acuerdo sobre el proceso para la designación del Comité Técnico de Evaluación, junto a la convocatoria para la elección de consejeras y consejeros electorales del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) y de sus criterios específicos de evaluación.

En los transitorios se precisa que la determinación entrará en vigor una vez que sea aprobada por el pleno de esta soberanía.

El documento refiere que el 12 de diciembre de 2022 la Jucopo suscribió el acuerdo relativo al proceso para la designación del Comité Técnico de Evaluación, la convocatoria para la elección de consejeras y consejeros electorales del INE y de sus criterios específicos de evaluación, mismo que fue aprobado por el pleno el 13 de diciembre de 2022.

Precisa que el 19 de diciembre de 2022, la sala superior del TEPJF admitió dos medios de impugnación innominados en materia electoral, los cuales fueron instruidos como asuntos generales.

Agrega que el 23 de diciembre de 2022, reencauzó los citados asuntos como Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano SUP-JDC-1479/2022 y acumulado, y resolvió revocar el acuerdo impugnado, al vincular a la Jucopo, a la Mesa Directiva, así como al Pleno de la Cámara de Diputados a realizar diversas modificaciones al acuerdo impugnado.

La Jucopo, continúa, determinó la suspensión de todas las etapas del proceso para la designación del Comité Técnico de Evaluación, así como de la elección de consejeras y consejeros electorales
El acuerdo precisa que la Cámara de Diputados reconoce que las sentencias del Tribunal Electoral son definitivas e inatacables, “sin embargo, no comparte los razonamientos vertidos en la que hoy nos ocupa, toda vez que el acuerdo parlamentario que aprueba la Convocatoria en referencia y que fue impugnado ante su Sala Superior se emitió en estricto apego a lo señalado en la Constitución Política y en la Ley Orgánica del Congreso General”.

Puntualiza que el marco jurídico de la Cámara de Diputados no establece un procedimiento para atender la resolución citada en los términos y para los efectos precisados en la misma.

“De esta manera y ante una situación no prevista en nuestra normatividad, el numeral 4 del artículo 260 del Reglamento de la Cámara de Diputados permite, por acuerdo de sus órganos de gobierno, se dicte una resolución de carácter general que atienda las eventualidades que sean necesarias”.