Exhorta TEPJF al presidente a respetar los principios constitucionales, durante la veda por la Consulta Popular

19, julio 2021

La sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en una ilegalidad durante la conferencia matutina del pasado 23 de diciembre, al criticar una posible alianza opositora entre el PRI, PAN y PRD.

Y aunque el presidente no puede ser sancionado, los magistrados electorales exhortaron al mandatario a mantener un especial deber de cuidado para salvaguardar los principios constitucionales y los criterios de la autoridad electoral. Además, se vinculó a la Coordinación General de Comunicación Social y Cepropie a retirar el contenido de esa conferencia de las plataformas y redes sociales oficiales durante el periodo de veda por la consulta popular, es decir, hasta el próximo 1 de agosto.

Durante su sesión de ayer, los magistrados electorales determinaron que en esa ocasión el presidente posicionó electoralmente a Morena de forma indebida mediante la difusión de la conferencia matutina.

El magistrado Luis Espíndola, ponente del caso, detalló que aun cuando en la fecha referida no se iniciaban las campañas electorales, la sala superior consideró que el mandatario había transgredido los principios constitucionales de neutralidad, equidad e imparcialidad.

En acatamiento a esa sentencia, se determinó la existencia de difusión de propaganda gubernamental personalizada y violación a los principios de neutralidad e imparcialidad.