Hasta con 12 años de cárcel podría ser sancionado la persona que filtre información sobre víctimas de feminicidio

12, septiembre 2023

PILAR MANSILLA

Foto: Alejandro Aguilar/ El Sol de México

La Cámara de Senadores aprobó que aquella persona o personas que difunda imágenes, información de víctimas de feminicidio o actos relacionados con la violencia de género será sancionado con entre seis y 10 años de prisión.

Durante la sesión ordinaria, se aprobó también que deberán pagar una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) es decir, un máximo de 103 mil 740 pesos, máximo.

Las sanciones serán aplicadas en caso de que se determine que se dieron a “conocer, difundir, entregar, revelar, publicar, transmitir, exponer, remitir, distribuir, video grabar, audio grabar, fotografiar, filmar, reproducir, comercializar, ofertar, intercambiar, copiar o compartir, a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos o constancias que obren en una carpeta de investigación o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean reservados o confidenciales”.

Lo anterior ante la modificación a la fracción XXVIII del artículo 225 del Código Penal Federal.

Asimismo, aprobaron que en el artículo 225 Bis se hicieran modificaciones, por lo que aquellos aquel servidor público que “difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, video grabe, audio grabe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta, a quien no tenga derecho o facultad para ello, imágenes, audios, videos, documentos, información, indicios, hallazgos, evidencias, objetos, instrumentos, que obren o se encuentren en una carpeta de investigación, en un proceso penal o estén relacionados con las condiciones personales de la víctima” o las circunstancias del hecho que la Ley señale como delito, se le impondrá una pena de seis a 10 años de prisión y una multa de 500 a mil UMAS.

En caso de que se trate de un cadáver de hombre, mujer, niños y adolescentes, la sanción incrementará hasta una mitad, para garantizar que toda persona goce de estar libre de violencia contra la mujer en todas sus formas, “por lo que busca combatir la violencia mediática de género y su normalización, al establecer y tipificar como delito que las personas servidoras públicas filtren o difundan fotografías o información relacionada con una víctima”.