Lanza IMSS permiso COVID 4.0 para otorgar incapacidades temporales a trabajadores contagiados

6, julio 2022

POR RITA MAGAÑA

Para facilitar a los trabajadores afiliados el trámite de su incapacidad por contagio de COVID-19 sin necesidad de ir al médico y romper las cadenas de contagio, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) activó este 6 de julio la herramienta digital Permiso COVID-19, en su versión 4.0.

El director de Prestaciones Económicas y Sociales del IMSS, Mauricio Hernández Ávila, estimó que en la semana del 17 de julio se tendrá la temporada más alta de transmisión en este quinto pico, que no es como fue en las primeras 9 semanas del año, “es menor pero tenemos que reducir la cadena de transmisión”.

Mediante un Código QR estará disponible en www.imss.gob.mx, en la aplicación IMSS Digital para teléfonos inteligentes, así como en todas las unidades médicas.

Los trabajadores podrán ingresar sus datos y recibir por correo la confirmación de su permiso, el cual tienen que notificar a su empresa y funciona exactamente como cualquier otra incapacidad temporal.

“El permiso COVID 4.0 es un servicio que pone el Instituto para los trabajadores afiliados, con el propósito de ayudarlos a tener rápidamente su incapacidad sin necesidad de ir al médico, de hacerse una prueba y recibir directamente vía electrónica la notificación del subsidio por enfermedad general que les corresponde.

“La idea es que nos quedemos en casa, minimicemos las cadenas de contagio y así vayamos reduciendo este quinto pico de transmisión que tenemos en México”, explicó Mauricio Hernández Ávila.

Para tramitar su incapacidad, el trabajador deberá capturar el captcha que se muestra en pantalla y posteriormente ingresar datos personales, su CURP, Número de Seguridad Social, INE y prueba de COVID positiva, en caso de tenerla; todo esto en formato PDF o JPG.

Una vez que se ingresa la información, el programa interactúa con la persona trabajadora y le pide datos bancarios, se ingresa cuenta CLABE y se hace la confirmación de si quiere realizar el permiso COVID.

Se dará al trabajador permiso legalmente para ausentarse por cinco días y recibir un subsidio –como sucede en enfermedad general- del 60 por ciento del salario registrado en el IMSS durante los días cuarto y quinto de incapacidad; el pago se realizará en la cuenta registrada y una vez tramitada la solicitud, no podrá ser cancelada.

Si un trabajador ya tuvo un permiso COVID previo, puede volver a tramitar otro permiso, con la variante de que el primero fue por 14 días, después de siete y actualmente se otorga para cinco días de resguardo.