Ordena Tribunal Electoral darle un lugar en la Comisión Permanente a Movimiento Ciudadano

8, junio 2022

POR PATRICIA RAMÍREZ

 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación le ordenó a la Cámara de Diputados recomponer la integración de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión para darle un lugar a Movimiento Ciudadano, que fue excluido de ese órgano legislativo.

Al resolver un incidente de inejecución de sentencia, la sala superior determinó que la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados que, inmediatamente, otorgue un puesto al partido Movimiento Ciudadano (MC) en la Comisión Permanente.

Recordó que, en enero de este año, la sala superior ordenó a la Cámara de Diputados y a su Jucopo que en la siguiente integración de la Comisión Permanente estuvieran representados todos los grupos parlamentarios de la Cámara, conforme al principio de máxima representación efectiva.

Al respecto, diputados de los MC y el PRD plantearon el incumplimiento de la sentencia y señalaron que fueron excluidos de la nueva integración de la Comisión Permanente.

En respuesta, el presidente de la Cámara de Diputados planteó que existía una imposibilidad para cumplirla, ya que después de la sentencia se reformó la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral para impedir que los actos parlamentarios, incluyendo los relacionados con la integración de los órganos y comisiones del Congreso, se controviertan judicialmente.

Sin embargo, el proyecto de sentencia presentado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña señaló que no existe imposibilidad para cumplir con la sentencia principal y, por otro, que sí existió un incumplimiento de la sentencia, al excluir a los grupos parlamentarios del PRD y MC.

La dala señaló que la imposibilidad de cumplir una sentencia no puede surgir por circunstancias atribuibles al propio Congreso, conforme a la jurisprudencia nacional e internacional. Además, existe una prohibición constitucional para la aplicación retroactiva de las leyes cuando ello causa un perjuicio.

Por otra parte, la ala consideró que MC y el PRD debieron obtener como mínimo una diputación en la integración de la Comisión Permanente, conforme al principio de máxima representación efectiva, pues ambos partidos integran la actual composición de la Cámara al tener, respectivamente, cinco y tres por ciento de representación.

De esta manera, la Jucopo debió asignar, en primer lugar, una diputación a los siete grupos parlamentarios que integran la Cámara –por ser el mínimo al que tienen derecho– y, posteriormente, distribuir las diputaciones restantes entre todos los grupos parlamentarios, con base en un criterio de proporcionalidad.

Por mayoría de cinco votos a dos la sala superior resolvió que de inmediato deberá otorgarle un lugar al grupo parlamentario de MC en la Comisión Permanente, y será la Jucopo quien deberá determinar a qué grupo parlamentario se lo resta. En relación con el grupo parlamentario del PRD se determinó que no es necesario ordenar su inclusión porque ya forma parte de la Comisión, pues el PRI le cedió un lugar.

Finalmente, se apercibió a los integrantes de la Jucopo y de la Comisión Permanente, a través de su mesa directiva, para que cumplan con la sentencia principal e incidental e incorporen inmediatamente una diputación de MC en la Comisión, y garanticen que las futuras integraciones se hagan conforme a lo ordenado por la sala superior.