Proponen preliberar presos con brazalete, para descongestionar penales

12, marzo 2023

PATRICIA RAMÍREZ 

Foto: Cuartoscuro

Ante la sobrepoblación al interior de los penales es urgente implementar actividades de custodia y generar proyectos y programas de reinserción social adecuadas, por lo que la diputada local Elizabeth Mateos propuso establecer el beneficio de preliberación a una persona sentenciada, como medida sustitutiva de prisión, mediante la libertad condicionada con el sistema de geolocalización y rastreo (brazalete), cuando así lo determine un juez y se acrediten las condiciones para su otorgamiento.

La legisladora precisó que el espíritu legislativo de la propuesta es enriquecer el diseño de nuevas normas que den viabilidad al sistema penitenciario, con la participación de la ciudadanía y entre los desafíos que enfrenta la agenda de seguridad pública en la Ciudad de México, destaca el establecimiento de medidas precautorias para gestionar la preliberación de personas sentenciadas, como parte de una estrategia para mantener la estabilidad poblacional al interior de los centros penitenciarios, siempre que no haya afectaciones a los derechos humanos de las víctimas.

La iniciativa refiere que de acuerdo con el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2022, al cierre de 2021 la infraestructura penitenciaria nacional se conformó por un total de 317 centros: 15 centros penitenciarios federales, 251 estatales y 51 especializados de tratamiento o internamiento para adolescentes y dentro del mismo documento se reportó una capacidad instalada total de 220 mil 831 espacios para la población privada de la libertad: 29 mil 280 correspondieron a los centros penitenciarios federales, 184 mil 865 a estatales y 6 mil 686 a centros especializados de tratamiento o internamiento.

Actualmente, detalló, los datos de ocupación dentro de los centros de reclusión, al considerar a la población privada de la libertad por espacios disponibles, se observa una tasa del 99.8 por ciento, y que en comparación con 2020, la misma tasa en los centros penitenciarios federales disminuyó 0.9 puntos, mientras que para los centros penitenciario-estatales aumentó 5.2 puntos, lo que significa que se encuentran en su límite de su capacidad.

Es evidente, argumentó que la sobrepoblación al interior de los penales es un problema de atención urgente, ya que las autoridades penitenciarias pueden ver mermadas sus actividades de custodia y/o generar proyectos y programas de reinserción social adecuadas.

Mateos Hernández subrayó que existen ejemplos de penas sustitutivas de prisión con resultados óptimos, como lo puede ser la semi libertad, cuya definición se refiere a intercalar períodos de libertad y privación de la libertad. Otra medida -dijo- es el trabajo en favor de la víctima o la comunidad, consistente en la prestación de servicios remunerados, en instituciones públicas, educativas, empresas de participación estatal o en empresas privadas por parte del sentenciado y mecanismos como la libertad condicionada.

El espíritu legislativo de la propuesta turnada a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia es enriquecer el diseño de nuevas normas que den viabilidad al sistema penitenciario con respeto al bienestar y estabilidad emocional de las víctimas, a través de la participación de la ciudadanía, detalló.

Precisó que la legislación de la Ciudad de México no contempla medidas similares, por lo que resaltó la necesidad de establecerlas en nuestro Código Penal, con la mayor cantidad de disposiciones que regulen su funcionamiento.

A manera de ejemplo, Mateos Hernández refirió el Código Penal para el Estado de México, donde se contempla el beneficio de libertad condicionada al sistema de localización y rastreo, cuyo objetivo consiste en una pena sustitutiva de prisión que permita al sentenciado cumplir con su condena fuera del penal, siempre que sea primo delincuente, se pague la reparación del daño y la multa impuesta, la pena privativa de la libertad sea de tres a 15 años, se compruebe contar en el exterior con un ofrecimiento de trabajo, un oficio, arte o profesión que permita tener ingresos, o exhiba las constancias que acrediten que continuará estudiando.

Este beneficio no aplica cuando se cometan delitos con violencia de género, señaló tras precisar que con esta medidas el indiciado continúa con la pena impuesta, le permite hacerlo fuera de los centros penitenciarios, lo cual ayuda a reducir la población interna y le facilita el obtener condiciones de reinserción al tejido social en circunstancias de emocionalmente favorecedoras.