Queda vacío legal en materia de telecomunicaciones, aclara la Corte

30, agosto 2022

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cortesía Suprema Corte de Justicia

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) precisó que la declaración de invalidez de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que determinó el pasado lunes, no implica que queda en vigor la legislación anterior, pues no se ordenó expresamente en la sentencia avalada.

En una tarjeta informativa, los ministros admitieron que queda un vacío legal en esta materia, como ha sucedido en otros casos, pues ante la existencia de violaciones graves en el procedimiento legislativo, sólo se declaró la invalidez del decreto impugnado, mediante el cual se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, sin ordenar la reviviscencia del texto anterior de este ordenamiento.

“Aun ante el vacío normativo generado con la invalidez, al advertirse claramente la intención del legislador federal de abandonar el modelo previo y no corresponder a este Tribunal sustituirse en esta voluntad”, señaló.

En este sentido, refrendó que la decisión de la Corte no tuvo como efecto regresar a la legislación anterior, por lo cual el vacío normativo deberá ser suplido por el Congreso de la Unión, a través de la emisión de nuevas disposiciones en la materia.

“La declaración de invalidez de una norma general puede en ocasiones provocar un vacío legislativo; empero, esto no tiene como consecuencia, en automático, la reviviscencia de la norma anterior, a menos que esta Corte lo ordene de forma expresa, en uso de su amplia facultad para determinar los efectos de una sentencia estimatoria ; como ha sucedido, sobre todo, en asuntos electorales, en los que se ha decretado expresamente este efecto, dada la proximidad de los procesos y con objeto de evitar un mayor perjuicio”, dijo.