Rechaza Comisión de Quejas retirar mensajes de Sheinbaum y Galvez

10, diciembre 2023

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Aracely Martínez/Ovaciones

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó retirar publicaciones de Xóchitl Gálvez en sus perfiles de las redes sociales X, Facebook e Instagram, en las que, a decir del ciudadanos quejoso, se emiten mensajes que contienen propuestas de campaña, así como por no contener la referencia del carácter de precandidata a la presidencia de la República de la denunciada.

La Comisión consideró improcedente ordenar el retiro de las publicaciones en redes sociales, pues de un análisis preliminar al contenido denunciado, pues no se advierte alguna referencia de carácter electoral, por lo que no se actualiza el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña; por cuanto hace a la presunta vulneración a las reglas de propaganda, se advierte que el contenido denunciado se encuentra alojado en perfiles que de manera expresa señalan su calidad de precandidata.

Por lo que se refiere a un pronunciamientos de Claudia Sheinbaum sobre el Tren Maya, no actualizan actos anticipados de campaña, por lo que rechazó la queja del PRD también contra Mario Delgado y al partido político Morena, por la difusión de imágenes relacionadas con un evento en el municipio de Ocosingo, Chiapas, en las cuales, a decir del denunciante, realizó diversas manifestaciones y referencias al programa turístico de gobierno.

El colegiado negó el retiro de las publicaciones, pues de un análisis preliminar al contenido no se advierte alguna referencia expresa de carácter proselitista, por lo que no se actualiza el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña, aunado a que no se advierte que los denunciados hayan entregado, gestionado o presentado algún programa social vinculado a la Secretaría de Turismo.

Además, un ciudadano denunció a Samuel Alejandro García Sepúlveda, a Jesús Pablo Lemus Navarro, a Juan José Frangie Saade, precandidatos a Presidente de la República, Gobernador de Jalisco y Presidente Municipal de Zapopan, respectivamente, así como al partido Movimiento Ciudadano (MC), por la publicación de un video en redes sociales, en el que, a juicio del quejoso, se hizo propaganda electoral con menciones religiosas y el uso de símbolos e instalaciones religiosas.

Sobre suspender la propaganda denunciada, el colegiado determinó que en lo que respecta a dos publicaciones, se trata de hechos consumados de manera irreparable, pues actualmente no son visibles.

Respecto al resto de publicaciones alojadas en Facebook e Instagram, no se advierte alguna referencia expresa de carácter proselitista, por lo que no se actualiza el elemento subjetivo de los actos anticipados de campaña, de ahí la improcedencia de la solicitud.

En cuanto al principio de laicidad no se considera, preliminarmente, que las publicaciones contengan de manera directa y expresa símbolos o expresiones religiosas que impliquen proselitismo a favor o en contra de un candidato, de una plataforma o de ideología partidista, aunado a que éstas fueron realizadas en fecha pasada, sin que se tengan elementos para indicar que las mismas se encuentran difundiéndose de manera activa.