Rechaza Comisión de Quejas suspender las mañaneras de AMLO

9, octubre 2023

PATRICIA RAMIREZ

Foto: Cuartoscuro

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), rechazó suspender las conferencias de prensa matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador pero le reiteró al Ejecutivo federal que se debe ajustar a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.

Al resolver la queja del PRD por las reiteradas violaciones en materia electoral por parte del Titular del Ejecutivo Federal durante la transmisión de las conferencias de prensa conocidas como “las mañaneras”, ante el incumplimiento de diversas medidas ordenadas por la Comisión de Quejas del INE, por lo que en concepto del quejoso, existe un peligro real de transgresión a los principios constitucionales, solicitando el cese de cualquier transmisión o difusión, los consejeros rechazaron esta medida.

La Comisión determinó improcedente suspender la transmisión de las conferencias de prensa matutinas, al igual que la suspensión temporal y el cese de cualquier transmisión o difusión por parte de concesionarias públicas o privadas ya que, en este ejercicio de comunicación oficial se abordan diversas temáticas relacionadas con asuntos de interés general y no sólo de índole electoral, por lo que un posible retiro en la etapa del proceso electoral en la que nos encontramos resultaría una medida desproporcionada.

 

LEE TAMBIÉN: Ordenan al presidente retirar posdata de las mañaneras

 

No obstante, la Comisión reiteró nuevamente al Presidente de la República su deber de abstenerse de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones o señalamientos, en cualquier modalidad y formato, de carácter político-electoral, ya sea de forma positiva o negativa, cuidando que su actuar se encuentre ajustado a los principios constitucionales de imparcialidad y neutralidad.

En otro asuntos, ante la denuncia de Morena por la transgresión al artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos, derivado de la implementación de una plataforma web y app para recabar el apoyo de la ciudadanía en el marco del proceso interno para designar a la persona responsable del Frente Amplio por México, al requerir el llenado de datos personales como nombre completo, teléfono, clave de elector, sección electoral, correo y entidad federativa, así como la fotografía de la credencial para votar, la Comisión la desestimó.

Se determinó improcedente el dictado de medidas cautelares, al versar de actos consumados de manera irreparable, toda vez que el pasado 3 de septiembre concluyó el proceso político para el cual se utilizó la página web y la aplicación denunciada.

En otro proyecto, la Comisión negó las medidas cautelares presentadas por el diputado Jorge Álvarez Máynez, por la difusión de publicaciones en redes sociales en su calidad de aspirantes a ocupar la coordinación de los comités de la defensa de la cuarta transformación de Claudia Sheinbaum Pardo, Adán Augusto López Hernández, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, Ricardo Monreal Ávila, Manuel Velazco Coello, José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña y el partido Morena.

De las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), se desprende que las publicaciones ya fueron eliminadas de la red social, coincidiendo en que se trata de actos consumados e irreparables.