Responde INE a CNDH sobre presuntos actos de sensura contra periodistas

29, agosto 2022

AIDA RAMÍREZ

FOTO: Cuartoscuro

El Instituto Nacional Electoral (INE) tuvo que corregirle la plana a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), luego de que emitiera el pronunciamiento CGHDDH/061/2022, por el que exhortó al INE a evitar las sanciones que podrían representar actos de censura para periodistas y usuarios de redes sociales y a garantizar el derecho humano a la libertad de expresión de periodistas y de la ciudadanía en general.

Le precisó que no emite sanciones y/o multas a periodistas y usuarios de redes sociales y no es la autoridad que resuelve, en última instancia, los Procedimientos Especiales Sancionadores derivados de quejas y denuncias de los actores políticos, sino el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Afirmó que siempre ha respetado, promovido y garantizado el derecho humano a la libertad de expresión de periodistas, actores políticos, así como de usuarios, comentaristas, activistas en redes sociales y de la ciudadanía en general.

Dijo que el cumplimiento de sus facultades y atribuciones constitucionales, entre ellas la atención de las muy diversas quejas o denuncias que se presentan en el ámbito electoral, no está reñido con otros derechos fundamentales, como son el derecho a la libertad de expresión y la libertad de prensa.

El organismo electoral señaló que, como es del dominio público, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE (UTCE), es la autoridad que recibe las quejas en materia electoral y la encargada de llevar a cabo las investigaciones de los casos denunciados, pero no resuelve el fondo de los mismos ni impone sanciones.

“Esto le corresponde al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por medio de la Sala Regional Especializada y, en última instancia, por parte de la Sala Superior”, aseveró en un comunicado emitido al poco tiempo de conocer el exhorto.

Señaló que la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, previa propuesta de la UTCE, puede determinar la aplicación de medidas cautelares cuando así lo solicitan los quejosos y cuando así se dictamina a partir del análisis de los casos.

Y dichas medidas, por mandato legal, pueden implicar la suspensión de la difusión de publicaciones en redes sociales hasta que el fondo del asunto se resuelva.

“Estas decisiones no son novedosas ni discrecionales; desde que la autoridad electoral cuenta con dicha atribución (2007), se han dictado medidas cautelares contra cualquier actor político denunciado sin importar su militancia política. El INE aplica la ley sin distingo”.

Reiteró que en caso de no estar de acuerdo con dichas determinaciones, éstas pueden ser controvertidas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

“Hay que recordar que no hay un solo acto o decisión del INE que sea ajeno a la revisión de constitucionalidad y legalidad por parte de dicho órgano jurisdiccional”, señaló.

Indicó que la investigación de las múltiples quejas que se presentan, tanto en procesos electorales federales y locales, como en procesos de democracia participativa, así como las derivadas del nuevo marco legal en materia de Violencia Política contra de las Mujeres en Razón de Género, pueden derivar en diligencias que el personal de la UTCE tiene que llevar a cabo conforme a procedimientos y plazos legales.

Señaló que en el desahogo de estas diligencias pueden llegar a generarse apercibimientos y citatorios a usuarios de redes sociales y periodistas, para que, en el ejercicio de sus derechos, se pronuncien ante dicha Unidad respecto a las quejas que les involucren. Tanto las personas quejosas, como las denunciadas, tienen garantizados en todo momento todos sus derechos.

Observó que el hacer requerimientos y generar citatorios a las personas denunciadas ante el INE, “lejos de vulnerar derechos como se insinúa en el pronunciamiento de la CNDH, constituye una garantía básica que tiene toda persona de exponer sus argumentos dentro de lo que se conoce como ‘debido proceso’, que es un derecho que todo órgano de garantía está obligado a conocer y a proteger”.

Asimismo, recordó que aun cuando la CNDH reconoce que carece de facultades constitucionales para emitir pronunciamientos en materia electoral, emite uno en donde se sugiere que el INE “vulnera el derecho a la libertad de expresión mediante la imposición de sanciones que podrían derivar en actos de censura”.

Dijo que llama la atención que un organismo público autónomo, como lo es la CNDH, emita juicios de valor y pronunciamientos que podrían confundir a la opinión pública, al imputarse al Instituto acciones que escapan de sus atribuciones y facultades legales.

El INE, reiteró, es un órgano constitucional autónomo que reitera su respeto a los derechos de todas y todos los periodistas, usuarios de redes sociales y ciudadanía en general; y que ejerce su autonomía e independencia frente a todos los gobiernos, actores políticos y otros órganos del Estado mexicano.

Y refrendó su disposición a aclarar todas las dudas que puedan existir sobre los procesos de queja que están en curso.