SAT emite tercera publicación de tasas efectivas de ISR de grandes contribuyentes

14, febrero 2023

AIDA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

En menos de 15 días, el Servicio de Administración Tributaria (SAR), emitió la tercera publicación de tasas efectivas de impuesto sobre la renta de grandes contribuyentes para los ejercicios 2020 y 2021, y aseguró que ya contactó vía Buzón Tributario a aquellos contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de los parámetros publicados por el SAT.

Indicó que para facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario de los contribuyentes, como resultado de procesos de análisis realizados a su interior, en términos del artículo 33, primer párrafo, fracción I, inciso i) del Código Fiscal de la Federación vigente, se dan a conocer en el Portal del SAT sat.gob.mx los parámetros de referencia.

Ello, con respecto a las tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a cuarenta actividades económicas para los ejercicios fiscales 2020 y 2021 sobre el padrón de grandes contribuyentes.

“Lo anterior, con base en la información disponible en las bases de datos institucionales consistentes en declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de contribuyentes, declaraciones informativas, comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI), pedimentos, entre otros”, destacó.

El brazo fiscalizador del gobierno federal sostuvo que, con la finalidad de dar seguimiento a esta medida de simplificación que facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes, se ha contactado vía Buzón Tributario a aquellos contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de los parámetros publicados por el SAT.

De esta forma, podrán realizar su análisis y de manera voluntaria corregir su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones anuales complementarias.

El SAT recordó que esta tercera publicación relativa a 40 actividades económicas, contempla nueve sectores económicos: construcción, electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final, industrias manufactureras, minería, servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas.

Así como servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, servicios financieros y de seguros, servicios profesionales, científicos y técnicos y transportes, correos y almacenamiento.

El organismo señaló que con el objetivo de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario, reitera la invitación para que los contribuyentes consulten la tasa efectiva de impuesto correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y compararla con su propia tasa efectiva de impuesto respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos.

Y, en su caso, se corrija su situación fiscal mediante la presentación de la(s) declaración(es) anual(es) complementaria(s) correspondiente(s), para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.