Servicio de Protección Federal debe informar sobre renta y compra de patrullas

19, diciembre 2022

AIDA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó al Servicio de Protección Federal (SPF) informar sobre el arrendamiento y la compra de patrullas.

En el INAI, “estamos convencidas y convencidos de la relevancia de la transparencia y el acceso a la información, sobre todo en estos procesos de rendición de cuentas, que tiene que ver con demostrar el correcto manejo de los recursos públicos y de una gestión pública apegada a Derecho. Esto es aún más importante si se trata de datos relacionados con la seguridad de las personas, pues recordemos que la función primigenia de cualquier Estado democrático es salvaguardar la integridad física de la población; además, este proyecto también estimo que es relevante porque, precisamente, la seguridad pública es una de las demandas más sentidas de la sociedad”, dijo la comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena.

Al exponer el caso ante el Pleno, destacó que el SPF es un órgano desconcentrado donde laboran 10 mil 630 personas, con presencia en las 32 entidades federativas y que, de acuerdo con lo informado el 3 de noviembre de 2021, en la conferencia de prensa matutina del titular del Poder Ejecutivo Federal, éste buscó hacerse de los servicios de cuatro mil patrullas.

De ahí que un particular solicitó copia de las tenencias pagadas en la renta de vehículos, inclusive en aquellos rentados para la seguridad en los últimos cinco años; copia de un contrato firmado con la empresa AutoHangar, así como de las mil nuevas patrullas Charger; además, el estado que guarda la nueva compra de las tres mil patrullas y el contrato con la empresa Integra Arrenda.

En respuesta, el SPF indicó a la persona solicitante que se identificaron contratos de servicios integrales y arrendamientos de vehículos de años anteriores, pero a la fecha “no se paga tenencia alguna, pues la pagan las arrendadoras”; respecto al contrato y al estado de compra de las patrullas, declaró que no encontró la información solicitada ni contrato alguno con las empresas referidas, ni que hubiera un proceso de compra de más patrullas.

En el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Ibarra Cadena, se determinó que el sujeto obligado no cumplió con el procedimiento de búsqueda debido a que no se turnó la solicitud a todas las unidades administrativas que pueden poseer la información, pues se omitió la Dirección General de Asuntos Jurídicos, que podría localizar lo pedido, ya que se encarga de validar jurídicamente los contratos, así como de llevar a cabo el registro y resguardo de estos.

Aunado a lo anterior, se llevó a cabo una búsqueda de información pública en la que se localizó un contrato, suscrito por el SPF, para la prestación del servicio de arrendamiento de transportación terrestre, con vehículos equipados, como patrullas balizadas y sin balizar.

La ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra constató que la dependencia celebró contratos de arrendamiento de este tipo de vehículos, por lo que se considera que el criterio de búsqueda utilizado por el sujeto obligado fue restrictivo, y se indicó que las personas que solicitan información no están obligadas a saber los datos exactos de la información requerida, a lo que se añade que el SPF debió haber usado criterios amplios de búsqueda para favorecer la máxima publicidad de la información.

De ahí que, por unanimidad, el Pleno del INAI determinó modificar la respuesta del Servicio de Protección Federal y le solicitó hacer una búsqueda exhaustiva de la información requerida en todas sus unidades competentes.